Un juez de Vigo dicta la primera sentencia en España que obliga a readmitir a un despedido por incapacidad

Carlos Punzón
Carlos Punzón VIGO / LA VOZ

ECONOMÍA

CAPOTILLO

El fallo llega un día después de que el Tribunal Europeo obligase a dar otra ocupación a trabajadores con discapacidad sobrevenida

21 ene 2024 . Actualizado a las 00:56 h.

El juzgado de lo Social número 2 de Vigo ha sido el primero de España en aplicar con un solo día de margen el dictamen del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que declaró ilegal este mismo jueves el artículo del Estatuto de los Trabajadores que permite el despido automático para los empleados que sufran una discapacidad incapacitante después de ser contratados. El fallo dictado por el juez decano de Vigo, Germán Serrano, obliga a la empresa del trabajador demandante a readmitirlo «de forma inmediata en un puesto adaptado a sus circunstancias de salud».

El empleado desempeñaba tareas de encargado de mantenimiento en una firma de revestimientos de automoción en la que contaba con más de veinte años de antigüedad. Al registrar unas dolencias físicas permanentes vinculadas a un accidente de trabajo, al demandante le fue reconocida en julio del año pasado una incapacidad permanente total que le dio derecho a una pensión del 55 % de su base reguladora. Esa misma semana la empresa le notificó su baja en la Seguridad Social y el despido.

Fabián Valero y Javier Cominges, miembros del despacho laboralista Zeres de Vigo que se hizo cargo del caso, destacan que basaron su demanda en el hecho de que las dolencias físicas permanentes no impiden al trabajador desempeñar otras funciones para su mismo empleador y que negarlo supone una flagrante discriminación.

El fallo del Tribunal Europeo, dictado a cuenta de un caso registrado en Baleares similar al de Vigo, advierte que no se puede equiparar a efectos laborales una incapacidad permanente total con el fallecimiento de un trabajador o su incapacidad permanente absoluta. El juzgado vigués ahonda en esa lectura subrayando que despedir a un empleado por no poder seguir haciendo sus funciones habituales es contrario al objetivo de integración profesional de las personas con discapacidad de las directivas europeas y la Convención de la ONU.

La sentencia, aún recurrible, también recoge que el empresario está obligado a adoptar las medidas adecuadas para adaptar los puestos en función de la situación de cualquier trabajador con discapacidad.

Díaz cambiará la ley para que no sea causa de despido

Yolanda Díaz anunció ayer que su departamento impulsará «con carácter inmediato» la revisión y posterior modificación de la legislación vigente para eliminar así los supuestos que permiten la extinción automática de contratos de trabajo —es decir, el despido— en casos de trabajadores con una invalidez permanente. El anuncio llega un día después de la sentencia del TJUE, aunque la ministra no quiso referirse al pronunciamiento como razón para el cambio.