El TSXG paraliza tres parques y eleva a 18 los recintos eólicos suspendidos en unas semanas
ECONOMÍA
Las inversiones afectan a la Ribeira Sacra y a varios municipios de las provincias de Lugo, A Coruña y Pontevedra
14 mar 2024 . Actualizado a las 14:24 h.El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ordenado la suspensión cautelar de otros tres parques eólicos y suma ya 18 paralizaciones en poco más de un mes, en concreto desde el 8 de febrero. Así, la sala tercera de lo Contencioso-Administrativo ha ordenado paralizar los recintos Ventumelo, Porto Vidros y Banzas. El alto tribunal gallego rechazó suspender las autorizaciones administrativas y de construcción del parque Vilartoxo, tras el recurso formulado por la asociación ecologista Petón do Lobo. Sin embargo, la Asociación Galega de Consumidores e Usuarios (Acouga) divulgó ayer mismo un fallo de esa misma sala en la que paralizaba ese parque de Vilartoxo, a instancias de la Asociación de Vecinos de San Mamede de Ourense.
El parque Ventumelo ha sido promovido por Wind Hero en los municipios ourensanos de Pobra de Trives e San Xoán de Río y en el lucense de Ribas de Sil—; el de Porto Vidros, por Naturgy en Cerdedo-Cotobade e Campo Lameiro (Pontevedra), y el de Banzas, por Green Capital Power, en Outes, Mazaricos y Negreira (A Coruña).
El tribunal gallego establece, haciendo uso de la herramienta de zonificación del Ministerio de Transición Ecológica, que la mayoría de las infraestructuras del parque Ventumelo están ubicadas «en áreas no recomendadas para la instalación de energía eólica», aunque su promotor cuenta con la luz verde ambiental. Debido a que cerca de este recinto se encuentran otras instalaciones eólicas, con las que comparte infraestructuras, el TSXG considera que existe «una fragmentación fraudulenta o división artificiosa de proyectos eólicos en la zona que impide una correcta evaluación ambiental que tenga en cuenta los efectos sinérgicos y acumulativos del conjunto».
En ese sentido, la sala cuestiona la validez de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) superada por los promotores del proyecto. «Por más que se nos asevere que la sinergia no impacta negativamente sobre el ambiente porque la DIA así lo refiere, verdaderamente, en este momento procesal, no podemos dar por enteramente veraz este documento, ni los informes que lo apoyan tanto administrativos como los aportados en esta vía jurisdiccional, ya que persiste la incógnita sobre si la DIA refiere la radiografía exacta del medio o estaría mediatizada por la fragmentación artificiosa del parque, que es un motivo de impugnación».
El TSXG subraya la conveniencia de utilizar el criterio de «cautela» en este tipo de actuaciones. «De nada valdría seguir adelante y permitir la ejecución del proyecto empresarial, si posteriormente, caso de estimarse el recurso, hay que deshacer el status quo a costa del erario público», sostiene en el fallo.
En las otras medidas cautelares, los jueces gallegos también aluden a criterios medioambientales, después de que el Tribunal Supremo, a finales del pasado año, rechazase dos de las causas que el TSXG tuvo en cuenta para decretar la mayoría de las paralizaciones de instalaciones en la comunidad. Guardaban relación con los plazos de exposición pública y el momento en el que hay que poner a disposición de los interesados los informes sectoriales que acompañan los proyectos.
Las tres medidas cautelares fueron dictadas por los magistrados Francisco Javier Cambón García, que preside la sala; Juan Carlos Fernández, María de los Ángeles Braña López y Luis Villares, que fue candidato a la Xunta por En Marea y luego se reincorporó a la carrera judicial.