Los salarios altos cotizarán más a partir del año 2025 para pagar las pensiones
ECONOMÍA
Los salarios altos cotizarán más a partir del año 2025 para pagar las pensiones
26 mar 2024 . Actualizado a las 17:44 h.El Consejo de Ministros aprobó este martes un real decreto con el desarrollo reglamentario necesario para aplicar, desde el año que viene, la cotización de solidaridad para los salarios más altos que excedan de la base máxima, según informó el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Esta medida, que forma parte de la reforma de las pensiones aprobada hace un año, se desplegará gradualmente, partiendo de cuotas de alrededor del 1% en el 2025, e irá aumentando a un ritmo de 0,25 puntos por año hasta llegar a cerca del 6% en el 2045 (5% a cargo de la empresa y 1% a cargo del trabajador).
Esta cuota se aplicará por tramos salariales hasta el 2045. Al final de este período, el tipo de cotización será del 5,5% para los que tengan un salario comprendido entre la base máxima y un 10% más; del 6% para los salarios que superen la base máxima entre un 10% y un 50%; y del 7% cuando el salario sobrepase la base máxima en un 50%. Esta cuota solidaria no se aplicará a trabajadores autónomos.
La norma aprobada en el Consejo de Ministros clarifica además varios procedimientos de gestión en el ámbito de la Seguridad Social. Así, la Tesorería General de la Seguridad Social amplía el plazo hasta el 30 de junio para trabajadores autónomos societarios comuniquen ciertos datos sobre su actividad, necesarios en el nuevo sistema de cotización en función de ingresos reales del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Entre esos datos están la razón social y el número de identificación fiscal de la sociedad o comunidad de bienes de la que forme parte el trabajador por cuenta propia; si desempeña el cargo de consejero o administrador o prestación de otros servicios para la sociedad.
Reembolsos de 100 euros
El real decreto modifica el Reglamento General de Recaudación, por el que se clarifican las condiciones del fraccionamiento en el reintegro de las prestaciones indebidamente percibidas, con un importe mínimo de 100 euros mensuales y un plazo máximo de cinco años. También se extiende la obligatoriedad de la domiciliación bancaria en el pago de las cuotas a los trabajadores del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, en el período de inactividad, y para los trabajadores con convenios especiales con la Seguridad Social.