La declaración de la renta trae novedades para madres, autónomos y mutualistas

S. Cabrero / A. Estrada REDACCIÓN / LA VOZ, COLPISA

ECONOMÍA

CAPOTILLO

Este miércoles comienza el plazo para presentarla por internet

05 abr 2024 . Actualizado a las 10:53 h.

Arranca la campaña de la renta. Este miércoles 3 de abril, 23 millones de contribuyentes están llamados a rendir cuentas con el fisco. Tendrán de margen hasta el 1 de julio para presentar su declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). Estas son algunas de las claves de esta campaña.

Las fechas

Hasta julio. La primera fecha que hay que apuntarse es el miércoles 3 de abril, día en el que los ciudadanos podrán acceder al borrador de la declaración y que, por tanto, marca el plazo de inicio de presentación de la renta por internet. También se podrá realizar esta gestión a través de la aplicación móvil del fisco. El lunes 29 de abril, los contribuyentes pueden empezar a pedir cita previa para confeccionar su declaración por teléfono. El plazo para solicitar esta cita termina el 28 de junio.

Aquellos que hayan optado por la asistencia telefónica y solicitado una cita, empezarán a recibir las llamadas a partir del 7 de mayo. Quienes prefieran el método más tradicional, de manera presencial, tendrán que esperar hasta el 29 de mayo, momento en el que se comenzará a pedir cita previa para presentar la declaración de la renta en alguna de las oficinas de la AEAT (este plazo se terminará el 28 de junio). La atención a estos contribuyentes comenzará el 3 de junio.

El miércoles 26 de ese mes es el último día para domiciliar la devolución de la declaración de la renta por Internet. El 1 de julio se pone punto y final a toda la campaña.

¿Quién está obligado?

El límite, los 22.000 euros. Están obligados a presentar declaración de la renta aquellos contribuyentes que obtengan rentas del trabajo superiores a los 22.000 euros si proceden de un único pagador o superiores a los 15.000 euros en caso de que sean dos o más pagadores.

Autónomos

Independientemente de sus ingresos. Una de las novedades este año tiene a los autónomos como principales protagonistas, puesto que estos están obligados a declarar independientemente de cuál sea su nivel de ingresos.

Pero no es el único cambio. El porcentaje de deducción de gastos de difícil justificación sube del 5 al 7 %, con un máximo de 2.000 euros. Además, los trabajadores por cuenta propia que estén en el régimen de módulos verán cómo aumenta la reducción general sobre el rendimiento neto de los módulos del 5 al 10 %. Quienes trabajen desde casa, tendrán una deducción del 30 % de los gastos de suministros que estén relacionados con su actividad.

Deducción por maternidad

1.200 euros al año. Hasta el año 2022, solo las madres trabajadoras se podían beneficiar de la deducción de 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años a cargo. Pero las cosas han cambiado. Ahora, incluso si en el momento del nacimiento la madre no estaba trabajando y se encontraba cobrando el desempleo (o incluso si con posterioridad al nacimiento cotizó 30 días o más), podrán beneficiarse de esta deducción. También tendrán opción a solicitar el abono anticipado de 100 euros al mes. Además, estas mujeres también podrán beneficiarse de los 1.000 euros adicionales por gastos de custodia de hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil.

Planes de pensiones

Reducida la base imponible. En los últimos años, el Gobierno ha ido reduciendo los incentivos de los planes de pensiones. Así, se reducen las bases imponibles: en el caso de los individuales, solo se podrán descontar 1.500 euros y en el de las aportaciones conjuntas con la empresa, ese límite escala hasta los 8.500 euros.

Coche eléctrico

Fomentar la compra. Los contribuyentes que hayan comprado un coche eléctrico nuevo a partir de junio del 2023, pueden deducirse un 15 % del valor de adquisición, llegando a un máximo en el precio de 20.000 euros. También se pueden deducir el 15 % sobre una base máxima de 4.000 euros por la instalación de un punto de recarga.

Plusvalías

Pagarán más. Se ha elevado un punto, hasta el 27 %, la tributación de las rentas del capital en el IRPF superiores a los 200.000 euros, y para las plusvalías superiores a 300.000, se elevará hasta el 28 %, dos puntos más.

Mutualistas

Especial atención. Uno de los colectivos que más atención tendrá que prestar en la declaración de la renta de este año será el de los pensionistas que realizaron aportaciones a mutualidades laborales y pagaron de más en el IRPF. Una sentencia del Supremo dio la razón a un jubilado del sector bancario que pedía que parte de su pensión, ligada a las aportaciones que realizó entre 1969 y 1979 a la Mutualidad Laboral de Banca, no tributase en las declaraciones del IRPF. Ahora, los técnicos de Hacienda (Gestha) señalan que, si en los datos fiscales de la campaña de la renta aparece el concepto de «Ajuste por Mutualidades-DT2 LIRPF», se aplicará la reducción de forma automática en la declaración. En caso contrario, Gestha apunta a que basta con completar el formulario de solicitud habilitado por la Agencia Tributaria para rectificación.