Tras cuatro años congeladas por la pandemia, volverán a limitar la deuda y el déficit de los Estados miembro, aunque de forma más flexible y adaptada a la situación por país
30 abr 2024 . Actualizado a las 10:46 h.Las nuevas reglas fiscales de la UE, que, tras cuatro años congeladas por la pandemia, volverán a limitar la deuda y el déficit de los Estados miembro, aunque de forma más flexible y adaptada a la situación por país, entran en vigor este martes con su publicación en el Diario Oficial.
Esta revisión de las reglas fiscales incluye la reforma del reglamento sobre los brazos preventivo y correctivo y de la nueva directiva sobre los requisitos para los marcos presupuestarios de los Estados miembro. El objetivo de esta reforma es reducir los ratios de deuda y los déficits de una manera gradual, realista, sostenida y favorable al crecimiento, protegiendo al mismo tiempo las reformas y la inversión en áreas estratégicas como la digital, la verde, la social o la defensa. Asimismo, el nuevo marco brindará un margen adecuado para políticas anticíclicas y abordará los desequilibrios macroeconómicos.
Ahora, cada Estado miembro deberá presentar sus primeros planes nacionales antes del 20 de septiembre del 2024, mientras que la Comisión, por su lado, presentará una «trayectoria de referencia» (anteriormente llamada «trayectoria técnica») a los países donde la deuda pública supere el 60 % del producto interior bruto (PIB) o el déficit público se sitúe por encima del 3 % del PIB, como es el caso de España.
La trayectoria de referencia indicará cómo los Estados miembro pueden garantizar que, al final de un período de ajuste fiscal de cuatro años, la deuda pública esté en una trayectoria descendente plausible o se mantenga en niveles prudentes a medio plazo. Además, un Estado miembro podrá solicitar la presentación de un plan nacional revisado si existen circunstancias objetivas que impidan su implementación, incluso si hay un cambio de gobierno.
En base a la trayectoria de referencia de la Comisión, los países de la UE trazarán su ajuste fiscal, expresado en trayectorias de gasto neto en sus planes estructurales fiscales nacionales a medio plazo, que deberán ser aprobados por el Consejo.
Las nuevas normas fomentarán aún más las reformas estructurales y las inversiones públicas para la sostenibilidad y el crecimiento y los Estados miembro podrán solicitar una extensión del período de ajuste fiscal de cuatro años a un máximo de siete años, si llevan a cabo ciertas reformas e inversiones que mejoren la resiliencia y el potencial de crecimiento y apoyen la sostenibilidad fiscal y aborden las prioridades comunes de la UE.
Estas incluyen lograr una transición justa, ecológica y digital, garantizar la seguridad energética, fortalecer la resiliencia social y económica y, cuando sea necesario, desarrollar capacidades de defensa.
Salvaguardia
Los países con deuda excesiva estarán sujetos a normas de salvaguardia que les exigirán, entre otras cosas, reducir su deuda en promedio un 1 % anual si superan el 90 % del PIB, y un 0,5 % anual en promedio si su deuda está entre el 60 % y el 90 % del PIB, unas disposiciones menos restrictivas que el requisito actual que exige que cada país debe reducir la deuda anualmente en 1/20 del exceso por encima del 60 %.
Si el déficit de un país supera el 3 % del PIB, el requisito será reducirlo durante los períodos de crecimiento hasta alcanzar un nivel del 1,5 % del PIB, a fin de crear un colchón de gasto para condiciones económicas difíciles. También se aplicarán otros puntos de referencia numéricos sobre cuánto debería reducirse el déficit por año.
Un país con exceso de deuda no estará obligado a reducirla a menos del 60 % al final del período de años que dura el plan, sino que debe tener una deuda que se considere en una «trayectoria descendente plausible».