Sánchez anuncia un acuerdo con los agentes sociales en materia de pensiones

Lucía Palacios MADRID / COLPISA

ECONOMÍA

ATLAS TV

Permitirá compatibilizar al cien por cien la pensión con el trabajo, garantizando «el tránsito hacia una jubilación flexible y adaptada a cada una de las personas»

31 jul 2024 . Actualizado a las 14:04 h.

El Gobierno ha alcanzado un nuevo acuerdo de la mano del diálogo social, el segundo de la legislatura, pero esta vez no bajo la batuta de la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, sino de la ministra de Inclusión y Seguridad Social, Elma Saiz, y en una materia tan ardua y relevante como es la jubilación: la parcial, la activa y el retiro anticipado y sin recortes en actividades penosas y peligrosas.

Después de meses de intensas negociaciones, el encargado de anunciarlo ha sido el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante su comparecencia para hacer balance del curso. «El Gobierno ha alcanzado un nuevo acuerdo que refuerza nuestro sistema público de pensiones y lo hace mucho más justo», aseguró al inicio de su intervención.

Los sindicatos UGT y CC.OO. y las patronales CEOE y Cepyme han dado el sí a una serie de medidas que quedaron pendientes en la anterior legislatura y que culminan la reforma de las pensiones iniciada por el ministro José Luis Escrivá, entre las que destaca la mejora de los incentivos en la jubilación demorada, que se hacen compatibles con la jubilación activa.

Jubilación demorada y activa

En concreto, el incentivo por retrasar la percepción de la pensión se hará ahora por semestres, incrementándose el 2% del importe de la pensión, o su equivalente a tanto alzado. Del mismo modo, se mantiene la posibilidad del cobro mixto -una parte en incremento de la pensión y otra en abono de una cantidad a tanto alzado-. Además, estas cantidades son compatibles con el acceso a la jubilación activa, lo que hace esta modalidad de retiro mucho más atractiva.

Por otro lado, se elimina el requisito de contar con la carrera completa de cotización y se mejoran los porcentajes de pensión compatibles con el trabajo, incluido el trabajo por cuenta propia. Los porcentajes de la pensión que se van a poder percibir mientras se trabaja son crecientes: con un año de demora, un 45 %; con dos años de demora, un 55 %; con tres años de demora, un 65%; con cuatro años de demora, un 80 %; con cinco años de demora, un 100 %.

En el caso de los autónomos, con un trabajador contratado por tiempo indefinido con una antigüedad mínima de 18 meses o una nueva contratación se percibirá un 75 % de la pensión. Este porcentaje se incrementará con un 5% anual hasta al alcanzar 100%.

En tercer lugar, se ha acordado que el Gobierno, en el plazo de seis meses, deberá revisar, en el ámbito del dialogo social, la jubilación flexible para mejorar los porcentajes de pensión a percibir.

Además, se acuerda crear un nuevo marco regulador de la jubilación parcial y se prolonga la aplicación en la industria manufacturera hasta 2029.

Jubilación parcial general

Con carácter general, el acceso a la jubilación parcial, con el correspondiente contrato de relevo, podrá producirse hasta tres años antes de la edad ordinaria de jubilación que corresponda en función de la carrera de cotización (el primer año la reducción estará entre un 20 % y un máximo del 33 %). Es decir, se mejora un año.

También se mejoran las garantías de empleo del trabajador relevista (indefinido y a tiempo completo). También se podrá concentrar la jornada de trabajo de las personas que accedan a la jubilación parcial a través de un acuerdo en el seno del centro de trabajo.

Podrán incorporarse al proceso de relevo los trabajadores fijos discontinuos.

Jubilación parcial en la industria

En el caso de la industria manufacturera, las condiciones anteriores a la reforma de pensiones del 2011 se aplicarán hasta el año 2029 aunque con varios ajustes. En primer lugar, la cotización de la empresa y del jubilado parcial se incrementará progresivamente en los siguientes términos: 40 % en 2025; 50 % en 2026; 60 % en 2027; 70 % en 2028 y 80 % en 2029. Además, se exigirá que el porcentaje de trabajadores con contrato indefinido en la plantilla alcance al menos el 75 %. En tercero, se aplicará el mismo régimen de acumulación de jornada previsto para la jubilación parcial general. y, por último, podrán incorporarse al proceso de relevo los trabajadores fijos discontinuos

Retiro anticipado por penosidad

Se acuerda la modificación del reglamento para el reconocimiento de coeficientes reductores de la edad de jubilación en actividades con elevados índices de penosidad, toxicidad, peligrosidad o insalubridad. Se establecerá un nuevo procedimiento para el reconocimiento de coeficientes reductores, así como varios indicadores objetivos. Estos indicadores se complementan con otros adicionales e informes epidemiológicos, lo que abre la puerta a que profesiones como azafatas, cuidadoras de dependencia, camareras de piso o camioneros y transportistas, puedan beneficiarse de esta modalidad de retiro prematuro.

Jubilación de los fijos discontinuos

Se mejoran las condiciones de acceso a las pensiones y la cuantía de las mismas de las personas con contratos fijos discontinuos. Para estas personas trabajadoras se multiplicará cada día trabajado por 1,5 a efectos de cotización.

Colaboración de las mutuas

Con el acuerdo, se regula el marco para la firma de convenios de colaboración a suscribir entre la Consejería de Sanidad de cada una de las Comunidades Autónomas, las Mutuas Colaboradoras en el marco del AENC. Afectará solo a bajas de carácter traumático. Las altas, confirmaciones y bajas seguirán correspondiendo al servicio público de salud. El paciente podrá revocar el consentimiento en cualquier momento del proceso.

Se crea una comisión de seguimiento que evaluará el funcionamiento de esta medida y propondrá, en su caso, medidas alternativas.