Comisiones Obreras traslada a la Xunta su rechazo a abrir el comercio en días de descanso

La Voz REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

EDUARDO PEREZ

La ley permite puertas abiertas un máximo de 10 domingos o festivos al año

26 ago 2024 . Actualizado a las 16:08 h.

No rotundo del sindicato Comisiones Obreras (CC.OO.) a la apertura de puertas en el comercio gallego en día de descanso. Así se lo ha trasladado su Federación de Servizos a la Dirección Xeral de Comercio e Consumo, en el marco de una consulta sobre el calendario laboral del 2025. 

La organización de trabajadores reitera su postura, ya defendida en años previos, de no permitir la apertura de tiendas en días de fiesta o descanso planificado. Consideran que esta medida es «perxudicial» para la plantilla, en tanto que deteriora las condiciones de trabajo de las personas empleadas en este sector, siendo «un elemento que contribúe á precariedade a través de prolongacións de xornadas, amais de impedir a conciliación da vida laboral e familiar»

En un comunicado divulgado este lunes, CC.OO. recuerda a la Xunta que el artículo 5.1 de la Ley 13/2006, del 27 de diciembre, que recoge los horarios comerciales de Galicia, tan solo permite abrir los comercios -sean pequeñas tiendas o grandes centros comerciales- un máximo de diez domingos y festivos al año. 

¿Cómo se fija ese calendario? Cada año, la Dirección Xeral de Comercio e Consumo consulta a todas las partes interesadas (asociaciones de consumidores más representativas en la comunidad, al Consejo Gallego de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Galicia, patronales y sindicatos del sector comercial con más peso en Galicia). Una vez concluido el proceso, y antes del 15 de octubre, la Xunta deberá fijar la lista de los días que las tiendas podrán abrir. Y, antes del 15 de noviembre, cualquier ayuntamiento podrá solicitar, de forma motivada, el cambio de dos de esas jornadas. 

Este año 2024, por ejemplo, se optó por permitir la apertura comercial el 7 de enero; 28 de marzo; 30 de junio; 12 de octubre; 1 de diciembre; 6 de diciembre; 8 de diciembre; 15 de diciembre; 22 de diciembre y 29 de diciembre. 

En opinión del sindicato, estas aperturas extraordinarias no tienen sentido puesto que el horario comercial regular «xa abastece suficientemente» las necesidades de la población, por lo que ampliarlo solo genera un «prexuízo notorio» para los trabajadores del comercio.