El TSXG ha parado 59 de los 64 parques que han sido recurridos hasta el momento; los últimos ante posibles «daños ambientales irreversibles»
16 sep 2024 . Actualizado a las 16:57 h.La paralización del sector eólico gallego continúa extendiéndose. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ordenado la suspensión de siete nuevos proyectos para la construcción de otros tantos parques, y ya ascienden a 59 los recintos afectados por este tipo de medidas. Hasta el momento, según ha divulgado el Alto Tribunal, ha emitido 130 autos tras la presentación de recursos sobre autorizaciones administrativas previas y de construcción de 64 proyectos, 59 de los cuales han sido suspendidos. Dicho de otro modo, solo cinco han conseguido eludir el parón judicial.
En las últimas semanas, el TSXG ha pausado los expedientes de los parques Serra de Liñares, Serra da Piñeira, Paraño Oeste, San Cristovo, Neboada, Monteagudo y Suime, que suman 235,4 megavatios de potencia.
El Serra de Liñares, proyectado en los municipios de A Fonsagrada y Negueira de Muñiz (Lugo) y promovido por la AV Serra de Liñares, tiene 48 megavatios; el Serra da Piñeira — diseñado para Baralla, Láncara y Becerreá (Lugo), de Enel Green Power España, 35 megavatios; el de Paraño Oeste —de Eólica Galenova para Forcarei (Pontevedra) y Beariz (Ourense), 50 megavatios; San Cristovo, de Enel en Monterroso, Portomarín y Taboada (Lugo), con 30; Neboada, de Maia Directorship en A Rúa, A Pobra de Trives, San Xoán de Río y Vilamartín de Valdeorras (Ourense) y de Quiroga y Ribas de Sil (Lugo), con 25,2; Monteagudo, de Eólicos Breogán en Arteixo, A Laracha y Carballo (A Coruña), con 20,8, y Suime, de Greenalia en Rodeiro (Pontevedra), con 26,4.
La sección tercera de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal autonómico ha rechazado, no obstante, parar los proyectos Picato, previsto en los ayuntamientos de Guntín y Lugo, y Solpor, ubicado entre Ordes y Mesía (A Coruña).
En los fallos que ordenan la suspensión de los proyectos, los magistrados han aplicado la doctrina que vienen utilizando durante los últimos meses, y que argumentan las medidas cautelares por los posibles «daños ambientales irreversibles a valores ambientales sensibles». Además, consideran probado que «las instalaciones podrían afectar a especies vulnerables o en peligro de extinción que están comprendidas en las cuadrículas en las que se pretenden instalar los parques eólicos y que conforman hábitats de interés comunitario, los cuales están recogidos en la Declaración Ambiental Estratégica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico».
En el caso de los autos que denegaron las medidas cautelares pedidas por los demandantes —Ecoloxistas en Acción Galicia—, el TSXG considera que no se han concretado «qué valores medioambientales podrían verse afectados por su construcción».