La junta electoral expedienta por cuarta vez a Jácome, en esta ocasión por emitir su propaganda «en bucle» en su televisión

La Voz OURENSE

ELECCIONES 28M

Carta buzoneada por Democracia Ourensana.
Carta buzoneada por Democracia Ourensana. LA VOZ

El órgano encargado de vigilar el proceso no ve infracción en el buzoneo masivo del alcalde porque dice no tener constancia de que existiese

28 may 2023 . Actualizado a las 18:07 h.

El actual alcalde de Ourense, Gonzalo Pérez Jácome, acumula ya cuatro expedientes sancionadores por infringir la ley en campaña. La apertura del cuarto fue acordada este mismo domingo por la Junta Electoral de Zona a raíz de dos denuncias presentadas por PSOE y PP. En ambas se reprochaba la emisión de propaganda de Democracia Ourensana en la televisión de la que es propietario el regidor, Auria TV.

«Supone una publicidad electoral prohibida en medios privados», indica la resolución, que precisa que el propio alcalde presenta en pantalla su programa electoral, su candidatura y los supuestos logros de su mandato. «Consideramos que se ha producido la infracción electoral reseñada, no siendo razonables las explicaciones ofrecidas por el señor Pérez Jácome de que dicha publicidad no está contratada, ya que se infringe el principio de proporcionalidad al emitir en bucle únicamente publicidad del candidato de Democracia Ourensana», concluye la junta electoral, que ordena la apertura del correspondiente expediente sancionador «donde depurar las correspondientes responsabilidades».

En la misma sesión, la junta electoral acordó archivar otra denuncia presentada por el PSOE contra Gonzalo Pérez Jácome, en este caso por el buzoneo masivo de una carta en la que el alcalde presume de sus supuestos logros en el cargo y se defiende los audios comprometedores por los que la oposición lo considera culpable de ocho delitos, entre ellos, el de organización criminal. «Debemos de advertir que en la denuncia no se incorpora la pretendida carta, ni hay otra prueba que se constate ese buzoneo masivo que denuncia la parte, extremos negados por el denunciado, por lo que procede a desestimarse la denuncia formulada en ese punto», dice la resolución.

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