El Tribunal Superior vasco ya no valoró si delinquió al negarse a disolver la antigua Batasuna Manos Limpias recurrirá la sentencia, que considera «ilegal, aberrante y vergonzosa»
08 nov 2005 . Actualizado a las 06:00 h.El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco absolvió ayer a Juan María Atutxa y a otros dos miembros de la Mesa del anterior Parlamento vasco del delito de desobediencia por el que fueron juzgados tras negarse a cumplir la orden del Tribunal Supremo de disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak, heredero de la ilegalizada Batasuna. En la sentencia, la Sala de lo Civil y lo Penal del tribunal vasco no entra en el fondo de la cuestión sometida a su dictamen, si Atutxa (PNV), el vicepresidente Gorka Knörr (EA) y la secretaria Kontxi Bilbao (EB) desobedecieron al Supremo, al entender que en todo momento actuaron como parlamentarios en funciones propias de sus cargos, con lo que están protegidos por el derecho de inviolabilidad, que asegura a los miembros de las Cámaras legislativas el ejercicio de sus funciones con absoluta libertad. El sindicato Manos Limpias, impulsor de la querella que sentó a los tres miembros de la Cámara de Vitoria en el banquillo de los acusados, anunció que recurrirá la sentencia, que considera «ilegal, aberrante y vergonzosa». Los magistrados que juzgaron a Atutxa, Knörr y Bilbao consideran en la sentencia que carecen «de jurisdicción para valorar si hubo o no conducta delictiva» en el proceso que llevó a desoír la orden del Supremo, ya que «ha quedado acreditado que los imputados actuaron gozando del privilegio de inviolabilidad parlamentaria», recogido en el Estatuto de Guernica, que en su artículo 26 dice que los miembros del Parlamento vasco «serán inviolables por los votos y opiniones que emitan en el ejercicio de sus cargos». En esta línea, recuerdan que el Tribunal Constitucional mantuvo la legalidad de ese precepto legal, que diferencia del de inmunidad, y añaden que el artículo 13 del reglamento del Parlamento vasco señala que los parlamentarios gozarán, «aún después de haber cesado» en su mandato, «de inviolabilidad para las opiniones, actuaciones y votos emitidos en el ejercicio de su cargo», un privilegio «que se prolonga aún». En acto parlamentario Los jueces encargados del caso Atutxa -los magistrados Pablo Sesma, Javier Murgoitio y Juan Carlos Iturri- señalan que «se trata de actos de parlamentarios, realizados en el seno de un órgano parlamentario, motivados en una razón precisamente parlamentaria, pretendiéndose preservar, con tal conducta, la autonomía parlamentaria y, por tanto, relacionada íntimamente con la finalidad». La sentencia absolutoria recuerda que Juan María Atutxa, en su calidad de presidente del Parlamento de Vitoria, comunicó al Supremo que su auto afectaba a la propia autonomía de la Cámara vasca. La resolución no es firme y contra ella cabe interponer un recurso de casación en el plazo de cinco días desde su notificación a las partes. Para Manos Limpias, con esta sentencia «se ha balcanizado el poder judicial».