Rechaza el criterio del fiscal de la Audiencia, que pedía su archivo Tres militares americanos siguen procesados por el supuesto asesinato del cámara
24 may 2007 . Actualizado a las 07:00 h.El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz dictó ayer un auto en el que rechaza el recurso interpuesto por el ministerio fiscal contra el procesamiento tres militares estadounidenses por su supuesta implicación en la muerte del cámara gallego José Couso en Bagdad (Irak), el 8 de abril del 2003, cuando desarrollaba su trabajo profesional como enviado especial de Telecinco. El auto del juez Pedraz propina un duro varapalo al ministerio fiscal por su cambio de postura en el caso y confirma el procesamiento del sargento Thomas Gibson, del teniente coronel Philip de Camp y del capitán Philip Wolford, a los que considera responsables de la muerte del cámara. El juez recuerda que, en su momento, el fiscal no se opuso a las órdenes de detención a efectos de extradición que dictó contra los tres militares y eso, «lógicamente, significaba que estaba de acuerdo con la decisión y, en consecuencia, que estimaba que el delito existía y que además los militares señalados eran responsables del mismo». A mayor abundamiento, el auto recuerda que el pasado 24 de abril el juez acordó transformar las diligencias en sumario, «también con la anuencia del ministerio fiscal, que nada opuso», lo que en opinión de Pedraz significa que seguía estimando que los hechos revestían caracteres de un delito grave. «Entonces -añade-, también el ministerio fiscal seguía considerando la existencia del delito y la responsabilidad de aquellos y, sin embargo, unos días después, sin que se haya practicado diligencia alguna que aporte dato nuevo en la instrucción de la causa, considera todo lo contrario». Entiende el instructor que «sentado, con la anuencia del ministerio fiscal durante casi cuatro meses, que existía el delito el siguiente trámite procesal consecuente es el procesamiento de los imputados, si es que existe algún indicio racional de criminalidad». Un acto de guerra Para solicitar el archivo, el fiscal alegaba que los hechos no revisten «un acto intencional doloso dirigido a causar la muerte de personas civiles protegidas, sino de un acto de guerra realizado contra un enemigo aparente, erróneamente identificado», por lo que estimaba que no constituye un delito de asesinato con alevosía y otro contra la comunidad internacional. Considera que los indicios racionales de criminalidad deben apoyarse en algo más que unas «vagas declaraciones de testigos que, por su propia ubicación, nada han visto o podido ver».