El único encarcelado por los crímenes de Alcácer seguirá en prisión doce años más

Efe

ESPAÑA

La doctrina Parot evita que Miguel Ricart, condenado por el triple asesinato, salga en libertad en el 2011

24 abr 2010 . Actualizado a las 02:00 h.

El preso Miguel Ricart, condenado a 170 años de prisión por el triple crimen de las niñas de Alcácer, saldrá de prisión en enero del 2023 en aplicación de la doctrina Parot, tras el acuerdo en ese sentido de la Audiencia de Valencia que evita que sea excarcelado el 22 de mayo del 2011. El auto de la Sección Segunda de la Audiencia de Valencia con ese acuerdo se hizo público ayer y en él se decide aplicar el nuevo sistema de redenciones de pena que el Tribunal Supremo estableció en el caso del preso de ETA Henri Parot. La denominada doctrina Parot aplica los beneficios penitenciarios sucesivamente a cada condena y no sobre el máximo de 30 años de cumplimiento.

El 5 de septiembre de 1997, Ricart fue condenado a un total de 170 años de prisión como autor de tres delitos de asesinato y cuatro delitos continuados de violación en concurso con tres delitos de rapto, con la agravante de ensañamiento. El acusado fue juzgado y condenado por el Código Penal de 1973, que recoge, entre otras medidas, un día de descuento de condena para el preso por cada dos de trabajo.

Según este sistema de cómputo, Ricart habría cumplido su pena en mayo del próximo año, pero la asociación Clara Campoamor, que ejercía en esta causa como acusación popular, interpuso un recurso para que se aplicara la doctrina Parot, lo que fue respaldado por el Ministerio Fiscal.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo tras el caso de Henri Parot es uniforme: «se comenzará por el orden de la respectiva gravedad de las penas impuestas, aplicándose los beneficios y redenciones que procedan con respecto a cada una de las penas que se encuentre cumpliendo. Una vez extinguida la primera se dará comienzo al cumplimiento de la segunda, y así sucesivamente (...)».