El Supremo aclara que el ataque de EE. UU. en el que murió José Couso es penalmente imputable
ESPAÑA
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo estableció que la muerte del cámara ferrolano de Telecinco, José Couso, durante el bombardeo de los militares estadounidenses al Hotel Palestina, en un ataque de «impacto y pavor», es penalmente imputable. «La estratégica bélica denominada de impacto y pavor, consistente en actos como el bombardeo sobre personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado [...] sí es penalmente imputable a quien tenga dominio sobre la dirección específica de las operaciones bélicas», apuntó la resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Francisco Monterde.
Críticas a la Audiencia
En esta sentencia se estableció, además, que la Audiencia Nacional deberá reabrir el sumario en el que están procesados los tres ocupantes del carro de combate que disparó contra el Hotel Palestina de Bagdad: el sargento Thomas Gibson, el capitán Philip Wolford y el teniente coronel Philip Camp.
El alto tribunal entiende que los tres militares serían responsables de varios delitos contra las personas y los bienes protegidos en conflicto armado, ya que realizaron ataques «indiscriminados o excesivos» contra la población civil. El Supremo, en un fallo unánime, entendió que los militares no pueden alegar la legítima defensa con la que argumentaron su actuación, ya que atacaron a personas protegidas por la legislación nacional e internacional. Criticó también, por apresurada, la decisión del tribunal de Génova de cerrar la investigación. Este carpetazo sin haber acabado la instrucción provoca que las partes afectadas no puedan utilizar el material pertinente para su defensa.
Por esto mismo, el Supremo ordenó que se acepten las diligencias solicitadas por la familia de Couso, tales como la declaración de los representantes en España de Al Yazera y Abbu Dhabi o el interrogatorio a un sargento norteamericano que aseguró en una entrevista televisiva que el Hotel Palestina era un objetivo militar para los estadounidenses, aún sabiendo que era donde se concentraba la mayoría de la prensa que cubría la llegada del Ejército norteamericano a Bagdad.
Se trata ya de la segunda ocasión en la que el Tribunal Supremo ordena a la Audiencia Nacional reabrir la causa, pues ya lo hizo en diciembre del 2006, tras anular el primer archivo de la investigación y rechazar la tesis de que Couso había muerto por un simple «acto de guerra contra enemigo erróneamente identificado», argumento que evitaba las responsabilidades penales. A pesar de que el instructor del caso, Santiago Pedraz, quiso procesar a los tres soldados por homicidio y delitos contra la comunidad internacional, por tres veces la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional rechazó su pretensión.