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La rebaja de las tasas judiciales solo reducirá en un 5 % la recaudación que preveía el Gobierno

Antonio Montilla MADRID / COLPISA

ESPAÑA

Soraya Sáenz de Santamaría negó que el Gobierno haya rectificado la ley de tasas judiciales defendida por Gallardón

23 feb 2013 . Actualizado a las 07:00 h.

Soraya Sáenz de Santamaría negó ayer que el Gobierno haya rectificado la ley de tasas judiciales defendida por el ministro Alberto Ruiz-Gallardón. La vicepresidenta del Ejecutivo explicó que el Consejo de Ministros, a propuesta del propio titular de Justicia, aprobó un real decreto ley para reformar la ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología, para modular algunas de las cuantías fijadas en la norma en función de las recomendaciones expresadas por la Defensora del Pueblo.

De hecho, el Gobierno calcula que las medidas aprobadas tendrán una incidencia inferior al 5 % respecto de los 306 millones de euros previstos en la memoria del proyecto de ley de tasas aprobado el pasado mes de noviembre, ya que se cuantificó fundamentalmente con la tasa fija y en la mayoría de los casos esta no se ha visto modificada. La anunciada rebaja de las tasas afecta únicamente a la componente de la tasa que varía en función de la cuantía de la demanda que plantean las personas físicas. En concreto, se reduce de un 0,5 % a un 0,1% en las demandas que superan el millón de euros, y del 0,25 % las que superan esa cantidad. Además, el límite de la cuota a pagar baja de 10.000 a 2.000 euros.

Entre las novedades de esta matización destaca que el importe de las tasas en los procedimientos de ejecución hipotecaria de vivienda habitual quedarán fuera de la condena en costas, que suele repercutir en el desahuciado o su avalista, y que los divorcios que se zanjen de mutuo acuerdo también quedarán exentos del gravamen.

El real decreto ley también adelanta la entrada en vigor de determinados aspectos del anteproyecto de ley de justicia gratuita, en concreto, los que aumentan el número de beneficiarios, al reconocer como tales, con independencia de sus recursos, a las víctimas de violencia de género, de terrorismo, de trata de seres humanos, menores y discapacitados psíquicos víctimas de abusos o maltrato en aquellos procesos que se deriven de esta condición, así como a quienes a causa de un accidente sufran graves secuelas permanentes, cuando el objeto del litigio sea la reclamación de indemnización por los daños personales y morales sufridos y aquellos que elevan los umbrales de renta para poder acceder a este derecho.