De serle concedida esta medida de gracia, se extinguirá su responsabilidad penal pero no sus antecedentes penales
11 dic 2013 . Actualizado a las 12:38 h.La abogada del expresidente del Gobierno balear Jaume Matas, Pilar Gómez Pavón, presentará este miércoles ante el tribunal la documentación que acredita la petición de indulto por parte del expresidente, y solicitará de este modo que se suspenda la ejecución de la condena de nueve meses mientras se tramita la solicitud de esta medida de gracia.
Matas ha solicitado al Gobierno el indulto para evitar su ingreso en prisión por razones de «humanidad» y «proporcionalidad», después de que la Audiencia Provincial de Baleares haya denegado por segunda vez sustituir por multa la pena de nueve meses de cárcel a los que el Tribunal Supremo (TS) redujo su condena por el primer juicio del caso Palma Arena. La sentencia del TS también está recurrida en amparo ante el Tribunal Constitucional. Matas ha decidido por tanto acogerse a esta vía de carácter excepcional, que podrá derivar en la remisión total o parcial de su pena. En concreto, el indulto lo otorga el Rey a propuesta del ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. Con la concesión de esta medida de gracia se extingue la responsabilidad penal pero no cancela, en ningún modo, los antecedentes penales.
En su petición al Ejecutivo central, la letrada alega asimismo la «escasa peligrosidad» de su patrocinado, rebatiendo de este modo los argumentos esgrimidos por la Audiencia en el sentido de que esa peligrosidad existe desde la perspectiva de la entidad de los hechos por los que fue condenado -al influir en que el periodista que redactaba sus discursos, Antonio Alemany, obtuviera beneficios económicos irregulares del Govern-, sus circunstancias personales y su conducta. «Estamos ante un delito cometido dentro de las estructuras de poder que las sociedades civilizadas y democráticas tratan de combatir. El peligro de este tipo de acciones es innegable», apostilla el tribunal. La abogada de Matas lamenta, sin embargo, que en prácticamente la mayoría de condenas inferiores a dos años de cárcel son suspendidas o conmutadas por una multa, pero no así en el caso del exministro bajo la presidencia de José María Aznar. El exmandatario autonómico no es el único condenado de esta causa que también ha reclamado el indulto, puesto que también procedió de este modo el propio Antonio Alemany, quien está condenado por su parte a dos años y tres meses de cárcel. También el articulista solicitó que se paralizase la ejecución de su pena a la espera de que el Gobierno se pronuncie sobre su petición. En un auto de 29 páginas, la Audiencia considera «inasumible» para la sociedad que «el titular de uno de los poderes del Estado en la fecha de los hechos [durante la legislatura 2003-2007] cometa un delito de tráfico de influencias», lo que a juicio de la Sala constituye «un delito contra el Estado de Derecho por parte de quien ha sido presidente de la Comunidad Autónoma balear, a quien, precisamente por ostentar ese cargo, ha de exigírsele mayor imparcialidad, objetividad y probidad». En este sentido, el tribunal afirma que el delito cometido por Matas «es un atentado frontal al artículo 1 de la Constitución [relativo al Estado social y democrático de Derecho], siendo el interés social y jurídico prevalente».
En su resolución, la Sección Primera alude asimismo a causas en las que Matas continúa estando investigado, como los casos Nóos, Over -ramificación de la trama Gürtel en Baleares- y Ópera -que investiga el contrato por el que el Govern encargó al arquitecto Santiago Calatrava un anteproyecto para ejecutar un teatro de la ópera en Palma-, todos ellos enmarcados en el caso Palma Arena. También recuerda cómo un jurado popular declaró culpable a Matas la pasada semana de exigir la contratación ficticia de su mujer para cobrar 42.000 euros de un hotelero mallorquín. El delito de tráfico de influencias fue el único ilícito penal que el TS mantuvo contra Matas, tras haberle absuelto de los delitos de fraude a la Administración, continuado de falsedad en documento oficial, de falsedad en documento mercantil y de prevaricación en concurso medial con un delito continuado de malversación de caudales públicos, por los que la Audiencia le condenó a un total de seis años de cárcel.