Los expertos se dividen entre quienes piden reducirlos y los que quieren eliminarlos
29 jun 2014 . Actualizado a las 21:43 h.El aforamiento exprés de don Juan Carlos, doña Sofía, la reina Letizia y la princesa de Asturias ha vuelto a poner sobre la mesa esta polémica protección jurídica de la que gozan unas 10.000 personas en España, una cifra récord en Europa. El Gobierno ha abierto la puerta a reducir este ingente número. Del total de aforados, algo más de 2.200 son políticos, la mitad de ellos autonómicos, y unos 7.500 jueces y fiscales. Frente a esta auténtica avalancha sin parangón en las democracias occidentales, en Alemania, Reino Unido y Estados Unidos no hay ningún aforado. En Italia solo el presidente de la república, lo que explica que Silvio Berlusconi haya pasado numerosas veces por los tribunales. En Francia, el presidente, el primer ministro y los miembros de su gobierno.
¿Está justificado este privilegio que consiste en que determinados cargos públicos no son juzgados por el tribunal que les correspondería sino por uno superior? En el caso de los políticos nacionales, por el Tribunal Supremo, y en el de los autonómicos por los tribunales superiores de justicia de su comunidad. Los expertos consultados se dividen entre quienes estiman que no debe haber ningún aforado y los que abogan por su reducción.
Quiebra el principio de igualdad
«El aforamiento me parece un anacronismo en cualquier país en el que el poder judicial sea independiente», señala Xavier Arbós, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Barcelona, partidario de que no existan aforamientos. Considera que este privilegio «quiebra el principio de igualdad ante la ley y priva sin justificación convincente del derecho a la segunda instancia», ya que no permite recurrir las sentencias del Supremo.
Además, los partidos eligen a los miembros del Consejo General del Poder Judicial, que nombra a su vez a los jueces del Supremo. Así, aunque de forma indirecta, los políticos designan a los magistrados que pueden juzgarlos en el futuro. Arbós señala que «eso no significa que quienes son nombrados sean partidistas o poco independientes, pero inevitablemente recae sobre ellos la sombra de la sospecha».
«Hay casos en los que el fuero especial debe existir sin duda alguna, para diputados y senadores y también para el rey abdicado», discrepa Yolanda Gómez, catedrática de Constitucional de la UNED. En todo caso, «el número de aforados parece muy elevado, la única justificación del fuero especial es que responda a un interés general, nunca debe constituir un privilegio».
¿Debe ser aforado don Juan Carlos? Este blindaje supone un trato de favor sin comparación en los países de la UE, ya sean repúblicas o monarquías, a excepción de Dinamarca. El expresidente francés Jacques Chirac tuvo que responder ante la justicia tras abandonar el Elíseo y fue condenado a dos años por malversación de fondos públicos y abuso de confianza cometidos cuando fue alcalde de París. En Bélgica Alberto II perdió la inmunidad tras abdicar y se enfrenta a una demanda de paternidad.
«No tengo ninguna duda de que el rey Juan Carlos debe ser aforado», afirma Gómez. «Debemos tener en cuenta que se concede al rey que durante su mandato ha tenido inviolabilidad en todas las áreas, por lo que es coherente que cuando desaparece aparezca el fuero especial en los ámbitos civiles y penales». «Merece el reconocimiento por sus servicios a la democracia, pero no debería tener este privilegio», señala Arbós.