Las autoridades del país suelen tramitar por defecto todas las solicitudes de asilo, incluso las de ciudadanos comunitarios
31 oct 2017 . Actualizado a las 05:00 h.En la UE es muy infrecuente que un país miembro acepte estudiar una demanda de asilo procedente de un ciudadano comunitario. Y mucho menos que la concedan. Los 27 dan por hecho que todos los países vecinos garantizan un trato justo y protección a los procesados. Bélgica es la excepción. Sus autoridades suelen tramitar por defecto todas las solicitudes de asilo que les llegan encomendándose al protocolo 24 del Tratado de Amsterdam, también bautizado como protocolo Aznar. El expresidente español, siguiendo la estela de Felipe González, presionó en 1999 a sus socios europeos para que se prohibiera el asilo intracomunitario con el objetivo de evitar su uso político en cuestiones tan sensibles como el terrorismo. Eran años en los que España libraba una lucha sin tregua contra ETA. Algunos de sus miembros buscaron amparo en Bélgica y lo encontraron. Las autoridades belgas se negaron en repetidas ocasiones a extraditar a algunos de los condenados por asesinato y colaboración al considerar que España no garantizaba sus derechos. El enfrentamiento no quedó ahí. A pesar de la insistencia española, la decisión de estudiar las demandas de ciudadanos europeos se reservó a criterio de cada país. Se acordó así en el 2008, cuando Bélgica introdujo una enmienda al protocolo para decidir «unilateralmente» si analiza una petición de protección como la de Puigdemont. En caso de que pida auxilio, la respuesta deberá llegar en cinco días. Existen pocas posibilidades de éxito, pero si Puigdemont consigue trampear a la justicia española, España puede cursar una orden europea de extradición alegando que los países miembros respetan los derechos procesales.