El candidato y otros parlamentarios catalanes comparecen hoy ante el juez Llarena, que les comunicará el auto de procesamiento y podría replantearse su libertad
23 mar 2018 . Actualizado a las 07:37 h.El candidato independentista a presidir la Generalitat, Jordi Turull, se enfrenta hoy a una vista en el Tribunal Supremo en la que sobrevolará la posibilidad de que vuelva a entrar en prisión preventiva. Será una vez que el juez instructor Pablo Llarena le comunique en persona el auto de procesamiento por delitos de rebelión y sedición junto a otros cinco investigados en la causa: la expresidenta del Parlamento catalán Carme Forcadell; la secretaria general de Esquerra, Marta Rovira; y los exconsejeros Raül Romeva, Josep Rull y Dolors Bassa. La nueva condición incriminatoria, mucho más reforzada, de estos seis investigados, un paso más cerca de sentarse en el banquillo de los acusados, llevó al juez a convocar este miércoles la llamada comparecencia prevista en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Se trata de la vistilla más importante respecto al derecho a la libertad en confrontación con el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva de los ciudadanos. En suma, el acto que determinará si la prisión provisional es necesaria para asegurar los diferentes fines del procedimiento penal.
Esta es la trascendental decisión que hoy deberá tomar el juez Llarena. Lo hará limitado a las peticiones que hagan en la vistilla las dos partes personadas: la Fiscalía del Tribunal Supremo y la acusación popular del partido Vox. Esta parte pedirá la prisión provisional sin fianza para Turull y sus cinco compañeros, todos ellos diputados en la actual legislatura, mientras que la posición final de la Fiscalía está más abierta.
En primer lugar, porque el ministerio público no recurrió en diciembre pasado el auto de Llarena en el que decretó la excarcelación de Turull, que ya pasó 32 días en el centro penitenciario madrileño de Estremera por orden de la jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela, primera instructora de la causa. En segundo término, porque su posición en el caso del exconsejero Joaquim Forn, reclamando a la Sala de Apelaciones del Supremo su libertad bajo fianza, que fue rechazada por los magistrados, podría sugerir un cambio general de actitud con los investigados para que no entraran en prisión. El hecho más revelador es que, por vez primera, el fiscal general del Estado intervino en el procedimiento e impuso su criterio a su subordinado en el Supremo en el caso de Forn. Sin embargo, su apuesta para que el exconsejero de Interior saliera en libertad bajo fianza de 100.000 euros no tuvo resultado.
Otras posibilidades
La solución intermedia es que, pese a que la Fiscalía y Vox apoyen su ingreso en prisión, Llarena deje intactas la medidas cautelares que ya tienen cuatro de estos investigados que hoy pasarán por la vistilla de prisión: comparecencias semanales, retirada del pasaporte y prohibición de salir del territorio nacional. Porque la otra posibilidad es que las refuerce para mitigar los riesgo de reiteración delictiva o de fuga tras notificarles el auto de procesamiento. En este punto, según las fuentes jurídicas consultadas, solo cabe que las comparecencias ante el juzgado más cercano a sus domicilios sean diarias, el control más restrictivo en libertad que se le puede imponer a un encausado. El precedente conocido fue el del empresario chino Gao Ping en la operación Emperador cuando se revocó su prisión preventiva.
En el supuesto de que Turull o algunos de estos diputados acaben en la cárcel, podrán recurrir tanto el auto de procesamiento como el auto de prisión. La primera apelación es clave, porque deja en manos de la Sala la decisión de suspender o no de sus funciones a los cargos electos mientras estén presos. Una circunstancia que afectaría de lleno a Turull en caso de que mañana fuera elegido presidente de la Generalitat en segunda votación.
Precisamente, el artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal prescribe que, cuando un auto de procesamiento sea firme y sea decretada la prisión provisional por delito cometido por persona integrada o relacionada con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes, el procesado que estuviere ostentando función o cargo público quedará automáticamente suspendido en el ejercicio de este mientras dure la situación de prisión. Es decir, además de a los acusados por delitos terroristas, esta disposición también afecta a los procesados por delitos de rebelión, como ocurre en la causa del procés, tal y como ha manifestado en sus autos el juez Llarena. Un magistrado que tiene en sus manos el futuro de esta legislatura catalana.
Sátira de Boadella ante la residencia de Puigdemont
Albert Boadella, que se proclama presidente de Tabarnia en el exilio, se desplazó ayer hasta las puertas de la residencia de Puigdemont en la localidad belga de Waterloo para realizarle un escrache satírico al expresidente catalán. «Hemos venido aquí para reunirnos con el presidente fake en una conferencia al más bajo nivel entre un presidente legítimo, que soy yo, y un presidente ilegítimo, que es él», proclamó el actor, acompañado por dos falsos mossos. Boadella llegó a desplegar una tienda de campaña para contrastar «nuestros medios modestos» con la opulencia de Puigdemont, que reside en una villa cuyo alquiler mensual asciende a 4.400 euros.
El Supremo rechaza la petición del fiscal y mantiene en la cárcel a Forn
La «razones humanitarias» planteadas por el fiscal general del Estado, Julián Sánchez Melgar, no han sido suficientes para modificar la prisión preventiva del exconsejero de Interior catalán Joaquim Forn. La Sala Segunda (Penal) del Tribunal Supremo acordó ayer desestimar los recursos de apelación planteados por su defensa y por la del expresidente de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) Jordi Sànchez, también en prisión provisional sin fianza. En ambos casos, la Sala de Apelaciones, formada por tres magistrados, compartió el criterio del juez instructor Pablo Llarena de que se mantiene el riesgo de reiteración delictiva de los dos investigados. En el auto relativo a Forn, el tribunal indicó que el recurrente mostró una especial determinación en la ejecución de los hechos delictivos durante cerca de dos años.