
El TEDH rechaza por «manifiestamente infundada» la demanda del terrorista Jorge Fraile, que se queja por estar internado en Badajoz, a 700 kilómetros de Durango, donde vive su familia
28 may 2019 . Actualizado a las 17:43 h.El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha apoyado este martes las razones por las que los tribunales españoles rechazaron en el 2017 que el miembro de ETA Jorge Fraile Iturralde fuera trasladado de la cárcel de Badajoz a una del País Vasco.
En su decisión, el tribunal europeo rechaza, por «manifiestamente infundada», la demanda de Fraile, que se quejó en el 2016 ante los tribunales españoles de estar recluido a 700 kilómetros de Durango (Vizcaya), donde viven su mujer, su hija de cinco años y sus padres.
«Decisión legítima»
El tribunal de Estrasburgo concluye que las instancias judiciales españolas justificaron su rechazo al acercamiento de manera «legítima, y cualquier interferencia con sus derechos fue limitada, de acuerdo con la ley, y proporcionada».
Iturralde, detenido en abril de 1998 en Durango, fue condenado a 25 años por colaboración con banda armada, tenencia de explosivos, estragos y daños.
Para los jueces europeos, las limitaciones al derecho al respeto de la vida familiar del demandante «no han sido desproporcionadas con el objetivo de prevenir el desorden y los crímenes, y la protección de los derechos y libertades de los otros».
La decisión apoya los informes que mostraban que hubo «contacto regular con la familia», así como con la política penitenciaria de dispersión de presos terroristas, con el fin de «evitar problemas de seguridad y cortar los lazos con la organización criminal».
Visitas mensuales de su familia y amigos
Esos informes certifican que Iturralde recibió en los dos últimos años tres visitas mensuales de su familia y amigos; una visita conyugal al mes de su mujer; una familiar al mes de su mujer, hija y hermanos; y, al menos, una de cohabitación cada tres meses.
Por ello, la decisión concluye que no hay evidencias de que «los viajes que su familia cercana tiene que hacer han planteado problemas insalvables o de una dificultad particular».
La sentencia de Estrasburgo no menciona que el Ministerio del Interior español aprobó en noviembre del 2018 su traslado de la cárcel de Badajoz a la prisión de El Dueso, en Cantabria.
La Sala Tercera del Tribunal de Estrasburgo sí recuerda que el Convenio Europeo de Derechos Humanos «no garantiza a los presos el derecho de elegir el lugar de reclusión» y que «la separación de sus familias es una consecuencia inevitable de su encarcelamiento».
En cuanto a la queja del demandante sobre la decisión del Tribunal Constitucional de rechazar su recurso de amparo, Estrasburgo afirma que «no hubo impedimento desproporcionado para ejercer el derecho de acceso a un tribunal».