El Tribunal Constitucional confirma la condena a Artur Mas por organizar la consulta del 9N
ESPAÑA
El auto le impuso una inhabilitación de un año y un mes
20 oct 2021 . Actualizado a las 05:00 h.El Pleno del Tribunal Constitucional desestimó ayer por unanimidad un recurso de amparo presentado por el expresidente de la Generalitat Artur Mas contra la sentencia del Tribunal Supremo, que lo condenó a una inhabilitación de un año y un mes por la organización de la consulta soberanista del 9N en el 2014.
Esta consulta está considerada como un ensayo general del referendo ilegal del 1-O del 2017. De esta forma, el Constitucional avala la decisión del alto tribunal que ratificó la pena impuesta por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y que Mas ya ha cumplido.
El expresidente fue condenado por incumplir una providencia del Tribunal Constitucional, de fecha 4 de noviembre del 2014, en la que este órgano acordó la suspensión de la celebración del proceso de participación ciudadana aprobado por el Gobierno de Artur Mas para el día 9 de noviembre del 2014, en el que se llamaba a los catalanes y a las personas residentes en Cataluña a manifestar su opinión sobre el futuro político de Cataluña. Votaron cerca de dos millones de personas. Al final de la jornada, el Ejecutivo catalán hizo recuento como si fuera un día normal de votación y Mas compareció para afirmar, en varios idiomas, «hemos ganado».
La sentencia sostiene que los órganos judiciales no han vulnerado el principio de legalidad penal, al entender que la providencia dictada por el Tribunal Constitucional posee la naturaleza propia de una «resolución judicial». El fallo desestima además la denuncia relativa a la falta de ejecutividad y concreción de la providencia incumplida y desestima también la queja de que la condena penal vulnera el derecho a participar en los asuntos públicos y los derechos a la libertad ideológica, de expresión y de reunión.