Prisión permanente revisable para el hombre que mató a sus padres y a su hermano en Alicante en el 2018

Agencias MADRID / LA VOZ

ESPAÑA

Fachada del Tribunal Supremo, ubicado en Madrid.
Fachada del Tribunal Supremo, ubicado en Madrid. Emilio Naranjo | EFE

El Supremo ratificó la condena por un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento y con agravante de parentesco

31 may 2022 . Actualizado a las 13:57 h.

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a prisión permanente revisable impuesta a un hombre que asesinó a sus padres y a su hermano el 13 de septiembre del 2018 en el domicilio familiar de Alicante, tras asestarles 55 cuchilladas.

La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia en la que rechaza el recurso de casación del condenado contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Valencia que ratificó a su vez la sentencia de instancia que le impuso la Audiencia de Alicante, según Efe.

Este tribunal le condenó por un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento y con agravante de parentesco en la persona de su hermano a 22 años y 6 meses y como autor de un delito de asesinato con alevosía y agravante de parentesco por la muerte de su padre a otros 21 años.

Además, le impuso la pena de prisión permanente revisable por el asesinato con alevosía y agravante de parentesco de su madre al haber sido condenado por la muerte de más de dos personas (su hermano y su padre).

El fallo declara probado que el acusado mató primero a su hermano en el domicilio familiar tras abalanzarse sobre él y asestarle múltiples cuchilladas en distintas partes del cuerpo. A continuación, aguardó en la vivienda a que regresaran su padre y su madre y les asesinó de la misma forma sorpresiva e inesperada.

Para el Supremo «se trata de un acto de una crueldad absoluta en el que concurren circunstancias especiales que avalan la perversidad del acto de matar el recurrente a su hermano, a su padre y a su madre en un contexto de control de su conciencia y voluntad a la hora de ejecutar los crímenes».

Los magistrados rechazan además el alegato de inimputabilidad del recurrente porque entienden que cometió los hechos con plena conciencia y voluntad «siendo conscientes de que la imposibilidad de entender cómo la mente humana puede llegar a ser capaz de acabar con la vida de sus seres más queridos no puede llevar consigo sin más una inimputabilidad como justificación de esta conducta».

«El triple crimen se perpetró por pura maldad del autor y con conocimiento de lo que estaba llevando a cabo. Era imputable y lo hizo a sabiendas de lo que estaba realizando. Fue esperando a sus víctimas/familiares hasta acabar con la vida de todos ellos», precisa la Sala.

Pruebas del ensañamiento

Al respecto, la sentencia señala que en la inspección ocular, hay fotografías que reflejan el intento de limpieza de la escena del crimen, comió, ya que encontraron sangre en la nevera, dobló la ropa, como ejemplo de sangre fría y que tiene la previsión de esperar que llegaran su padre y madre para matarlos uno a uno.

Prueba del ensañamiento con sus víctimas es que «el hermano recibió, en un abordaje rápido, 36 cuchilladas siendo solo mortales las dos últimas» lo que demuestra que su intención es «matar a la víctima, pero haciéndola sufrir hasta el final con dolores innecesarios».

Incide la Sala en que «mató a sus familiares en el lugar donde más protegidos se encuentran que es en el hogar» y sin que ninguno se pudiera defender, lo que evidencia «la patente indefensión sufrida».

Dicen los magistrados que se trata de una «modalidad de alevosía doméstica basada en la relación de confianza proveniente de la convivencia, generadora para la víctima de su total despreocupación respecto de un eventual ataque« que, sin embargo, se ejecutó «de la forma y manera más despiadada posible».