La policía señala que la cúpula de ETA pudo haber impedido el asesinato de Miguel Ángel Blanco
ESPAÑA
Los servicios de Información concluyen que Rentería, Kantauri, Anboto y Antza tenían «pleno dominio» sobre la banda y los comandos cuando se ejecutó al concejal de Ermua
16 mar 2023 . Actualizado a las 11:16 h.La comisaría general de información de la policía no tiene la menor duda: «Los miembros del comité ejecutivo de ETA no dieron la orden de poner en libertad a Miguel Ángel Blanco» pese a que pudieron hacerlo en todo momento. Se negaron a poner fin al secuestro del concejal de Ermua e «impedir su asesinato» a pesar de los cabecillas de la banda tenían «plena conciencia de su posición de mando» sobre los terroristas que habían capturado al político vasco y «teniendo el pleno dominio sobre el actuar de sus comandos armados, en este caso Donosti.
Esta es la principal conclusión del «informe de inteligencia» de 160 página que los servicios de Información de la Policía Nacional acaban de remitir al juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón en el marco del sumario por el asesinato del edil vizcaíno en julio de 1997. En esta investigación, reabierta en verano del pasado año a instancias del colectivo de víctimas Dignidad y Justicia, están imputados los cuatro miembros de la dirección etarra (ZUBA) por aquel entonces: José Javier Arizcuren Ruiz, Kantauri; Miguel Albisu Iriarte, Mikel Antza, María Soledad Iparraguire, Anboto, e Ignacio de Gracia Arregui, Iñaki de Rentería.
En ese vasto informe, fechado este 10 de marzo, los especialistas antiterroristas del CNP certifican que, efectivamente, la documentación en poder de la policía confirma que cada uno de los cuatro imputados en esta causa tenía una función específica en el ZUBA. Rentería era «responsable del aparato militar y logístico; Kantari del aparato militar y los comandos ilegales; Amboto del aparato militar y los comandos legales; y Antza del aparato político.
Imprescriptibilidad
El documento, en síntesis, avala las acusaciones de DyJ, que logró la reapertura del sumario por el asesinato de edil vasco después de que el juez aceptara aplicar la denominada «doctrina Miguel Ángel Blanco», que hace una nueva interpretación de la Convención Europea de Imprescriptibilidad de Crímenes contra la Humanidad y Crímenes de Guerra, que permitiría declarar imprescriptibles para siempre 430 asesinatos terroristas cometidos en España o contra ciudadanos españoles entre 1990 y el 2010.
García Castellón sostiene que los cabecillas imputados, pese a no ser los ejecutores materiales, tuvieron «una participación en comisión por omisión, atendida la posición de dominio que ostentaba el órgano ejecutivo de la organización terrorista». Para el instructor, resulta crucial el hecho de que los cuatro encausados, como miembros de esa cúpula con poderes ejecutivo, tuvieron «capacidad real durante las más de 48 horas en las que se prolongó el secuestro, para poder detenerlo, pudiendo deducir de la negativa a hacerlo una intención manifiesta en la producción del resultado».
En ese punto crucial, la comisaría general respalda al 100 % las acusaciones del juez, certificando que en ETA nada se movía sin el visto bueno del ZUBA. «La dirección ejercía un control total sobre los actos de sus militantes; dónde, cómo, cuándo y con quién realizarían sus funciones o vivirían», relata el análisis, que abunda a que los jefes decidían sobre «todos los miembros de la organización, también sobre los presos, los huidos en terceros países y, por supuesto, los que estaban en activo; incluso regulaba cuestiones más personales».
«Nula capacidad»
Según los servicios antiterroristas del CNP, los «militantes» de ETA tenían «nula capacidad de elección» desde el momento que entraban en la banda, ya que el Comité Ejecutivo ejercía «total dominio sobre el militante».
«La dirección no solo era la que facilitaba los instrumentos necesarios para que las células terroristas pudiesen realizar las acciones armadas, sino que estas, como mera herramienta operativa, lo hacían en seguimiento de la estrategia y objetivos marcados por el órgano directivo», zanja la Policía, que insiste que en el caso concreto del asesinato de Miguel Ángel Blanco, como «objetivo especial», la dirección de ETA «tenía que dar su autorización».
El informe de la Policía Nacional es coincidente con el documento de la Guardia Civil que dio a pie a la imputación en verano del 2022 de los jefes terroristas y que también destacaba que el ZUBA tuvo en todo momento capacidad de frenar el asesinato de Blanco durante las 48 horas que estuvo secuestrado antes de ser ejecutado.