El fiscal general ordena a los fiscales del «procés» perdonar todos los delitos, incluida la malversación

La Voz REDACCIÓN

ESPAÑA

EUROPA PRESS / Casa Real / Junts

Los cuatro fiscales del Supremo que participaron en los juicios del 1-O ya han expresado que no acatarán la orden de García Ortiz por «improcedente», y este ha convocado a la Junta de Fiscales el próximo martes para resolver las diferencias

14 jun 2024 . Actualizado a las 15:36 h.

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha presentado este viernes un escrito en el que defiende que se debe aplicar la ley de amnistía a la malversación que se le atribuye al expresidente catalán Carles Puigdemont y otros líderes del procés.

Así se ha pronunciado en un decreto, al que ha tenido acceso Europa Press, que firma después de que el miércoles recibiera de los fiscales del procés un informe en el que se oponían a aplicar la norma a la malversación.

«Procede declarar amnistiadas la totalidad de las conductas que fueron y son objeto de dichos procedimientos, así como levantar las medidas cautelares que penden respecto de alguno de los encausados», aboga el fiscal general en el escrito.

Además, García Ortiz llama la atención sobre el hecho de que los fiscales del Supremo «han anticipado el planteamiento de una discrepancia» con la postura de la Fiscalía General (artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal) «sin conocer previamente el contenido de la orden o instrucción ni los argumentos en que esta se fundamenta».

Los cuatro fiscales del Tribunal Supremo se mostraron en contra de amnistiar dicho delito al entender que los encausados sí tuvieron ánimo de lucro y que su actuación sí afectó a los intereses financieros de la Unión Europea.

En aquel informe, los fiscales Javier Zaragoza, Fidel Cadena, Consuelo Madrigal y Jaime Moreno avisaron a García Ortiz de que si no estaba de acuerdo con este criterio y consideraba que sí debe aplicarse la ley de amnistía a dichos encausados debería «ordenarlo por escrito de manera motivada y fundada».

Los cuatro firmantes adelantaron que si el fiscal general plasmaba por escrito que proponía aplicar la amnistía a la malversación del procés, invocarían el artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal para elevar el asunto a la Junta de Fiscales para que se pronuncien sobre las dos posturas.

Cabe recordar, no obstante, que el fiscal general tiene el poder de hacer valer su criterio tras escuchar al cónclave, tal y como fija el Estatuto.

Con todo, los fiscales del procés apuntaron que si García Ortiz -tras la Junta de Fiscales, convocada ya para el martes- impone que se debe aplicar la amnistía ellos no firmarán dicho decreto, sino que deberá hacerlo el propio fiscal general u otro fiscal que él designe.

Aunque no ven posible amnistiar la malversación del procés, los cuatro fiscales sí ven viable aplicar la norma a los delitos de desobediencia y de desórdenes públicos que se circunscriben al proceso independentista catalán.

Los argumentos de García Ortiz 

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, considera que la malversación atribuida a los líderes independentistas para sufragar el procés no afectó a los intereses financieros de la Unión Europea y, por tanto, entraría en el ámbito del perdón que fija la ley de amnistía.

El perjuicio a los intereses económicos europeos es una de las cláusulas que la ley deja fuera de la amnistía y uno de los asuntos clave a la hora de decidir sobre su aplicación a los condenados y fugados por el procés.

Es más, el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena solicitó a las partes que prestasen especial atención a dicho extremo en el informe donde debían manifestar cómo afectaría la amnistía al expresidente catalán Carles Puigdemont y a los otros fugados, y el Tribunal de Cuentas abrió la puerta a llevar la ley ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por este y otros artículos de la norma.

Según el criterio que el fiscal general del Estado ha plasmado en un informe jurídico enviado a la cúpula de la carrera, la malversación por la que se condenó al exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y otros tres exconsejeros y que se atribuye a Puigdemont y a otros dos líderes fugados no supuso una «amenaza grave para los intereses financieros» de la Unión, como sí defienden los cuatro fiscales que investigaron el caso.

Recuerda que la sentencia del Supremo sobre el procés excluyó que ese fuese el objetivo de los condenados y explica que solo pueden apreciarse comprometidos esos intereses financieros de la Unión cuando la conducta de los implicados sea idónea para «generar de forma efectiva un menoscabo directo al presupuesto» comunitario.

Una hipótesis «difícilmente demostrable»

García Ortiz sostiene que la «hipótesis» de que la secesión de Cataluña -en caso de producirse y ser viable- hubiese tenido efectos en los intereses de la UE «resulta difícilmente demostrable», al desconocer los términos en los que «habría podido tener lugar ese imaginario suceso» y si Cataluña, «una vez constituida en república independiente», habría alcanzado «algún concreto acuerdo económico» con la UE.

Le «sorprende» que los fiscales del procés no acudan a la «definición auténtica de intereses financieros de la Unión Europea», y explica que la normativa española interpreta que hay «afectación» cuando le «haya ocasionado un perjuicio efectivo al presupuesto de la Unión y/o de sus organismos (...) o haya generado un grave riesgo para el mismo».

No hubo «enriquecimiento personal» en el procés

El fiscal general considera que el desvío de dinero público para financiar el procés «no presupone ánimo de enriquecimiento» ni la «obtención de un beneficio patrimonial personal» y, por tanto, entraría dentro de la amnistía.

Otro de los argumentos de los fiscales del procés para rechazar amnistiar la malversación fue que sí que existió ese enriquecimiento, si bien García Ortiz cree que confunden el «ánimo de lucro» que exige el delito de malversación con enriquecerse personalmente con sus actos.

El fiscal general explica que ese enriquecimiento que la ley de amnistía excluye del perdón no está implícito en el desvío de fondos públicos para sufragar el referéndum del 1-O, sino que sería un «plus» que se produciría si los implicados también hubiesen perseguido «otras finalidades de carácter económico» más allá de celebrar las consultas.

Y, en el caso del procés, el fiscal general afirma que el Supremo ya sentenció que «se administraron de forma desleal los fondos públicos (...) con el único propósito de celebrar un referéndum de autodeterminación», sin que se apreciasen otros intereses.

El perjuicio patrimonial generado a la administración, explica, no es equiparable al «enriquecimiento personal de carácter patrimonial» y afirma que, «en el marco del contexto» de la norma, «parece razonable concluir» que el desvío de fondos públicos para financiar el procés «deben entenderse comprendidos» en el ámbito de la amnistía. 

El objetivo es aminorar el conflicto catalán

Destaca que la amnistía, «lejos de corregir o poner en duda el juicio jurídico realizado por jueces y tribunales» más bien «se limita a declarar amnistiados algunos hechos relacionados con el denominado procés por razones de orden político».

Por eso, incide que «no se aporta un solo argumento objetivo que permita concluir que esta norma no contribuya a la consecución del objetivo que el preámbulo claramente dice perseguir» que es la «aminoración del conflicto territorial, político y social sufrido en Cataluña en torno al denominado procés independentista».

El fiscal general admite que «toda amnistía de un hecho delictivo encierra, en mayor o menor medida, un trato desigual» pero «el principio de igualdad ante la ley no prohíbe la implementación de cualquier medida discriminatoria, sino únicamente aquellas que no se encuentren debidamente justificadas con arreglo a los principios y valores propios de un Estado democrático de derecho».

Al margen de sus argumentos jurídicos, García Ortiz, deja claro que «detrás de la discrepancia» con los fiscales «no subyace sino una interpretación diversa de la ley que en ningún caso lleva implícita una falta de reconocimiento al trabajo desempeñado» por ellos. 

Los fiscales del procés se niegan a acatar la orden del fiscal general: «Es improcedente»

Los fiscales del Tribunal Supremo que intervinieron en el juicio del procés se han opuesto a acatar la orden de García Ortiz, de amnistiar todos los delitos a los líderes independentistas catalanes por ser «improcedente» y «contraria a las leyes». Se trata de la respuesta formal y escrita al fiscal general, a la que ha tenido acceso Efe, que este viernes ha ordenado a los cuatro fiscales que pidan al Alto Tribunal que aplique la amnistía a todos los delitos de los líderes independentistas catalanes, incluida la malversación, y levante las órdenes de detención nacional.

En base a ello, Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Jaime Moreno y Fidel Cadena han invocado el artículo 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal para convocar una Junta de Fiscales de Sala, que se celebrará el próximo martes al haber accedido inmediatamente García Ortiz, que ha comunicado ya a los 38 fiscales de sala la reunión para fijar el criterio definitivo. Con todo, la última palabra la tendrá siempre el fiscal general.

«Seguimos considerando que los argumentos expuestos por V. E. para justificar la aplicación incondicional de la ley de amnistía a los hechos constitutivos de malversación de esta causa especial no desvirtúan en absoluto los criterios jurídicos plasmados en nuestros informes y las soluciones que se proponen en los mismos», explican. De manera, continúan, que «son manifiestamente insuficientes para legitimar la viabilidad y el ajuste a la legalidad de la orden impartida por V. E. instando la aplicación incondicional de la ley, por lo que a nuestro juicio la orden es improcedente y contraria a las leyes al no ajustarse a los criterios más elementales de la lógica jurídica y de legalidad penal exigibles en la interpretación y aplicación de la normas», señalan en su respuesta escrita.

En la misiva, los fiscales insisten en lo avanzado en su informe previo, que «si finalmente mantiene la decisión adoptada sobre la aplicación de la ley a la malversación», les releve de esta causa «para ser despachada por V.E. o quien designe a tales efectos» y así cumplir con las providencias del juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena y la Sala de lo Penal de informes, que vence el miércoles.