El Constitucional registra 54 recusaciones contra sus magistrados por la ley de amnistía

Mateo Balín MADRID / COLPISA

ESPAÑA

El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, en una imagen de archivo.
El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, en una imagen de archivo. J.J. Guillén | EFE

Nunca antes en la historia de la corte se había presentado una cifra tan alta de impugnaciones por un solo asunto. El pleno examinará a partir del próximo martes las nueve peticiones para apartar a Conde-Pumpido

03 oct 2024 . Actualizado a las 10:57 h.

La conflictividad que plantea la ley de amnistía queda reflejada en sus datos. Y no solo por el volumen de recursos de inconstitucionalidad que ponen en duda la legalidad del texto aprobado por el Congreso, sino también por el número de recusaciones registradas contra sus magistrados para que no formen parte del tribunal que delibere y vote sobre esta norma.

Según las cifras facilitadas este jueves por el Tribunal Constitucional (TC), hasta la fecha se han presentado 54 solicitudes para apartar a varios integrantes del pleno de la corte de garantías. Hasta la fecha nunca se había presentado un número tan elevado de incidentes en la historia del alto tribunal para un mismo asunto, lo que denota la relevancia política de una ley que ha marcado los designios de esta legislatura parlamentaria.

De los 54 escritos, 27 reclaman que se aparte el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, y los magistrados Laura Díez y Juan Carlos Campo, nueve cada uno. Todos ellos del denominado bloque progresista. Y el resto van dirigidos contra el magistrado José María Macías, el último en llegar a la corte de garantías a propuesta del Grupo Parlamentario Popular y que antes ejerció como vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) dentro del llamado sector conservador.

Las recusaciones se han presentado en el marco de los 16 recursos registrados por el PP y las Comunidades Autónomas (15 gobernadas por los populares y la socialista de Castilla-La Mancha) y la cuestión de inconstitucionalidad presentada por el Tribunal Supremo contra la ley de amnistía. Sin embargo, al haberse aprobado la abstención del magistrado Juan Carlos Campo la semana pasada -dado su pasado como ministro socialista de Justicia y firmante de los indultos parciales a los condenados por el procés, donde aseguró que la amnistía era inconstitucional- han perdido objeto sus nueve recusaciones.

El calendario, en líneas generales, para deliberar sobre las recusaciones es el siguiente. En el Pleno del TC de la próxima semana se verá la del presidente Conde-Pumpido, por su pasado como fiscal general en el Gobierno de Zapatero, y en las semanas  posteriores primero la de la magistrada Laura Díez, quien fuera alto cargo de Moncloa antes de llegar a la corte, y luego la recusación de José María Macías, quien desde su vocalía en el CGPJ criticó abiertamente y se opuso por escrito a la ley de amnistía. La Fiscalía pidió la semana pasada que se apartara.

Criterio restrictivo

El próximo martes, por lo tanto, está prevista la deliberación del primer incidente de recusación contra Conde-Pumpido, que presentaron más de 50 diputados y senadores del Grupo Parlamentario Popular en su recurso de inconstitucionalidad. Para resolver este asunto la composición del tribunal será la siguiente: lo presidirá Inmaculada Montalbán, vicepresidenta del TC, junto con los magistrados Ricardo Enríquez, María Luisa Balaguer, Ramón Sáez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel, María Luisa Segoviano y César Tolosa.

 Por tanto, quedan fuera de la deliberación el propio afectado Conde-Pumpido, la magistrada Laura Díez y sus compañeros José María Macías y Juan Carlos Campo. Al haber ocho magistrados en este tribunal, cuatro del bloque progresista y otros tantos del conservador, decidirá el voto de calidad de la vicepresidenta del TC Inmaculada Montalbán, integrante del primer grupo.

Un tema fundamental para examinar las recusaciones será el nuevo criterio que introdujo en diciembre del 2021 el TC, bajo la presidencia del conservador Pedro González-Trevijano, que impide apartar a un magistrado solo por la teórica afinidad con un partido político o por artículos periodísticos o académicos en el pasado. Es decir, se acordó ser más restrictivos con las causas o motivos que incluye la ley para apartar a un integrante de la corte de garantías. La razón es evitar el bloqueo en el funcionamiento del alto tribunal, ya que el pleno requiere un mínimo de ocho de sus doce integrantes para poder deliberar y votar.