El juzgado de guardia suspende la orden de restitución al padre del hijo menor de Juana Rivas
ESPAÑA
Juana Rivas había pedido medidas de protección internacional para su hijo menor, a fin de que no volviera con su padre tras las vacaciones navideñas en España
08 ene 2025 . Actualizado a las 11:04 h.El Juzgado de Instrucción número cuatro de Granada, en funciones de guardia, acordó anoche la suspensión provisional de la orden de restitución que la Corte de Apelación de la localidad italiana de Cagliari había emitido respecto al hijo menor de Juana Rivas, condenada por la sustracción de sus dos hijos en el 2017 e indultada parcialmente por el Gobierno; para que regresase junto a su padre, el italiano Francesco Arturi, nuevamente denunciado por Rivas por presuntos delitos de coacción a testigo y de amenazas a dicho menor y procesado por ello.
Según ha informado la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el Juzgado de Instrucción número cuatro de Granada, ante la petición de la madre y la Fiscalía en el sentido ordenado, ha considerado que ante el regreso del menor con su padre custodio, que debía tener lugar este miércoles, adopta esta decisión para proteger al menor.
Antes de tomar la decisión, la juez de guardia y el fiscal escucharon al menor en el transcurso de una exploración celebrada en dependencias judiciales. La juez se ha inhibido en favor del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número dos de Granada, que deberá ahora decidir si le corresponde asumir el procedimiento, dado que en el mismo ya constaba una denuncia por malos tratos presentada por la madre. Esa denuncia se encuentra actualmente archivada, pero la decisión de archivo no es firme, dado que se encuentra recurrida en reforma ante el propio Juzgado de Violencia, según señala el TSJA.
Rivas había pedido medidas de protección internacional para su hijo menor, a fin de que no vuelva con su padre tras las vacaciones navideñas en España; después de que el Juzgado de Primera Instancia número 10 se inhibiese en favor del de Violencia sobre la Mujer número 2, donde hay un procedimiento abierto. La Fiscalía de Granada, ante la petición de Juana Rivas, pidió al Juzgado de Guardia que «acordara la comparecencia solicitada» por la mujer y «procediera con urgencia a la exploración del menor».
Ello, según informa la Fiscalía, «a fin de determinar si realmente existe una situación de riesgo del menor en caso de retornar con su padre, en cuyo caso se interesa la suspensión de la guarda y custodia del padre del menor y la atribución provisional de su guarda y custodia a la madre, sin perjuicio de lo que resuelvan definitivamente las autoridades italianas».
El despacho Aránguez Abogados había detallado al respecto que tomó la iniciativa de escribir una carta para dirigirse a la Fiscalía de Granada, después de no haber obtenido en el Juzgado de Primera Instancia número 10 las medidas cautelares pedidas para el niño, que «se encuentra en clara situación de riesgo», y para el que pide «protección internacional por amenazas contra su vida, insistiendo especialmente en la necesidad de que sea escuchado».
Que «el menor sea escuchado»
Posteriormente, pasadas las 18,00 horas, el equipo jurídico ha indicado, según recoge Europa Press, que ha decidido presentar un escrito ante el Juzgado de Guardia de Granada capital solicitando que el menor «sea escuchado»; ante «la ausencia de sensibilidad del Juzgado de Primera Instancia número 10, que se ha inhibido sin acordar ningún tipo de medida de protección del menor» y «tras solicitar amparo a Fiscalía, quien apoya expresamente la adopción de estas medidas en interés superior» del niño.
Para estos letrados, «es absolutamente inadmisible e impresentable que en un Estado Social y Democrático de Derecho un menor manifieste temor por perder su vida y ninguna autoridad judicial se moleste siquiera en escucharlo». Han hecho hincapié en que el niño, de «casi once años», «jamás ha sido oído en España por ningún juez, a pesar de los gravísimos hechos que refiere».
«Cuenta con madurez para ser escuchado, es ciudadano español» y está en «territorio nacional», han aseverado desde este despacho de abogados de Granada, que ha asegurado no se va a «rendir jamás hasta que se haga justicia en este caso», y que va a «acatar todas las órdenes judiciales por muy injustas» que les parezcan ejerciendo en cualquier caso «todos los recursos oportunos» hasta lograr que el menor «esté a salvo».
Fuentes consultadas por Europa Press en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) han indicado que el Juzgado de Primera Instancia número 10 de Granada acordaba este martes inhibirse en favor del de Violencia sobre la Mujer en la demanda presentada por la madre de Maracena para que se acordara una «medida de no regreso» del menor con su padre, con el que reside en Italia.
Como ocurre en el presente caso, son los juzgados de la jurisdicción penal los que tienen la preferencia sobre la instrucción en el caso de que coincidan procedimientos semejantes en las dos instancias, han detallado desde el TSJA.
El Juzgado de Violencia de Género acordó recientemente archivar la demanda presentada por la representación de la madre. Sin embargo, el procedimiento sigue su curso dado que la resolución de sobreseimiento fue recurrida por esta parte en reforma y, por lo tanto, aún no es firme.
Por otro lado, la demanda de protección urgente de menor fue recibida en el Juzgado de Primera Instancia número 10 de Granada el pasado 30 de diciembre. Debido a la coincidencia de fechas inhábiles, fue el 3 de enero cuando se solicitó a la parte demandante la subsanación de unos defectos de forma en la demanda que afectaban al poder de representación.
Por esta razón, la demanda ni siquiera llegó a incoarse. Por otra parte, en este tipo de procesos civiles la norma obliga a escuchar a ambas partes y, si se considerara necesario, también al menor antes de adoptar o denegar la medida solicitada, han proseguido desde el TSJA.
Desde la incoación del procedimiento hasta la celebración de la sesión para dar audiencia a las partes y resolver el litigio debe mediar un plazo de 15 días, lo que en este caso tampoco se ha podido cumplir.
En este contexto, y según han indicado desde Aránguez Abogados, «ante la extrema urgencia de la situación», en tanto este miércoles, 8 de enero, el menor «debe retornar a Italia con su padre», este equipo jurídico, que ha destacado que el progenitor está «procesado por maltratarle», se ha dirigido a la Fiscalía.
Según detallaba Aránguez Abogados en su nota de prensa de la mañana, el despacho que lleva la representación legal de Rivas ha recibido también este martes «notificación oficial» de la Corte de Apelación de Cagliari (Italia) por la que se les indica que el menor «debe volver a Italia con su padre», con fecha límite de este miércoles.
El órgano judicial italiano responde así a la última solicitud en fechas recientes para que el hijo menor de edad permanezca en España por entender que se encuentra «en una situación de grave riesgo», en alusión al escrito de procesamiento de la Fiscalía de dicha ciudad italiana contra Arcuri por presunto maltrato a sus hijos.
Igualmente, desde Aránguez Abogados se ha detallado este martes que, conforme a que el pasado 26 de diciembre se solicitaban medidas cautelares de protección del menor, y no se ha recibido respuesta, se daba el paso de personarse en el Juzgado 10 de Granada, con competencias en Familia, para »solicitar comparecencia urgente y escucha del menor por parte de la jueza« para una resolución urgente sobre el caso, lo cual se deniega en un auto, consultado por Europa Press, contra el que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en un plazo de 20 días hábiles.
El equipo jurídico de Rivas exponía en una nota de prensa el pasado 2 de enero que el niño, al llegar a España para sus vacaciones navideñas, había «relatado que su padre le coacciona y amenaza», con lo que se cursaba «denuncia ante la jurisdicción penal italiana», que se suma a otra anterior en un juzgado de Málaga.
Era una nueva denuncia en la que se indicaba al tribunal italiano que el menor «tiene un miedo terrible a su padre y que teme por su propia vida si vuelve a Italia con él», con lo que se demandaba que se le permitiera «poder quedarse a vivir en España con su madre y hermano» mayor.
«Mensajes intimidatorios»
«Además, se pone en conocimiento del Tribunal que estas Navidades, Arcuri ha enviado a Juana varios mensajes intimidatorios» y, según su representación judicial, la ha sometido a un «constante acoso telefónico, intentando contactar con ella hasta en más de 40 ocasiones en una semana», atisbando un supuesto delito de violencia de género, de amenazas leves y delito de acoso.
Rivas, según sus letrados, confía en que «por fin Daniel pueda reunirse» con su hermano y con ella, «dejando atrás una de las etapas más tristes y difíciles de su vida»; asegurando en paralelo que ante su denuncia, el Ministerio del Interior español activó el sistema Viogen «calificando el caso como de relevancia especial con un nivel de riesgo alto».
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Un caso del 2017
Juana Rivas fue condenada a cinco años de prisión por dos delitos de sustracción de menores por desaparecer con sus hijos en el verano de 2017 para evitar que volvieran con su expareja, al que denunció por maltrato.
El Supremo estimó parcialmente el recurso de esta vecina de Maracena y le rebajó la pena a la mitad al considerar que, aunque fueron dos los menores sustraídos, cometió un único delito.
Rivas recibió un indulto parcial por el que el Supremo conmutó su condena firme por 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad y un curso de parentalidad positiva, medida de gracia que no eliminaba sus antecedentes en la justicia italiana.
Esa medida de gracia a Juana Rivas se anularía ante la comisión de un delito como no entregar al menor de los hijos a su padre, que tiene la custodia.