El TSXG confirma que la lesión que sufrió un carnicero en un súper de Pontedeume es accidente laboral
FERROL
Las aseguradoras apelaron contra esa decisión
27 jul 2024 . Actualizado a las 05:00 h.El 10 de octubre del 2020 un carnicero de un supermercado de Pontedeume se encontraba deshuesando una ternera cuando sufrió un pinchazo en el hombro. Lo comentó con su encargada y lo enviaron a su mutua, donde comenzaron a tratarlo de una dolencia (una tendinitis asociada a otras complicaciones y lumbagos) que en muchos casos se considera enfermedad común.
Sin embargo, los abogados de este trabajador acaban de lograr que una sentencia de la sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza lo considere una contingencia laboral, con el incremento de indemnizaciones que esta calificación supone. Y como ya había decretado un juzgado de primera instancia.
Cualquier lesión en el trabajo
El fallo del TSXG aclara que el dolor puede considerarse un accidente, porque tuvo lugar en el lugar de trabajo y durante la jornada laboral, «siendo conveniente insistir aquí en que cualquier lesión, aunque tenga una etiología común, puede estar en su desencadenamiento relacionada casualmente con el trabajo, y el hecho de que exista con anterioridad la dolencia no excluye la actuación del trabajo como factor desencadenante, tal y como viene indicando el Tribunal Supremo desde antiguo». De este modo, la primera sentencia apelada tanto por las aseguradoras, como por la empresa del carnicero es válida para el TSXG. Es más, el tribunal argumenta que este fallo «ha concluido de manera jurídicamente irreprochable que la contingencia determinante de la incapacidad del actor tiene origen profesional, al no haber logrado la Mutua demandante quebrar el nexo causal entre trabajo y la lesión, al haber quedado acreditado que la dolencia del actor se manifestó con carácter incapacitante en el trabajo el día 10 de octubre de 2020, en lugar y tiempo de trabajo, a las tres de la tarde deshuesando una ternera, lo que comentó a su encargada que le hizo un volante de asistencia para la mutua, y ese mismo día a las cuatro el trabajador fue atendido en el servicio de urgencias del Hospital Juan Cardona, donde se le diagnosticó de tendinitis del hombro derecho».
Concluye que no ha quedado demostrado que la causa de la incapacidad obedezca a enfermedad común, «hallándonos así ante una reducción funcional sufrida en tiempo y lugar de trabajo, por lo que no queda más remedio que concluir que la contingencia determinante de la situación incapacitante del trabajador es el accidente laboral».