Declaran improcedente el despido de una cuidadora que cobraba seis euros al día por trabajar de lunes a domingo y solo tenía las tardes libres

Bea Abelairas
Bea Abelairas FERROL / LA VOZ

FERROL

Sede del TSXG
Sede del TSXG Marcos Miguez

La trabajadora llegaba a las nueve de la noche a la casa y se iba a las tres, solicitaba una indemnización de 1.500 euros, pero los tribunales le reconocen 900

17 dic 2024 . Actualizado a las 05:00 h.

El despido de una cuidadora, que dormía en la casa de la mujer que la contrató y solo tenía las tardes libres, por un salario de poco más de seis euros al día, acaba de llegar a la sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que confirma que fue improcedente, aunque no concede la indemnización de 1.500 euros que reclama la trabajadora, la deja en 953.

La mujer comenzó como empleada de hogar: por seis horas semanales que suponían un sueldo de poco más de 200 euros al mes. Con el tiempo, su empleadora incrementó el contrato e incluía la condición de que se quedase a dormir en la casa. Sin embargo, terminó prescindiendo de ella, a pesar de que le había concedido un estatus que la sentencia nombra como alimentista, es decir, que estaba obligada a alimentarla. La sentencia del TSXG detalla que ambas suscribieron un contrato vitalicio a cambio de prestarle todos los «cuidados y asistencia, incluso afectivos, teniéndole en su propio domicilio o en el que ulteriormente pudiera constituir su residencia». Sobre la obligación de los alimentos se decía que sería «hasta el fallecimiento de la alimentista y que será transferible a los sucesores de la obligada a prestarlos».

De 21 a 15 horas a diario

Desde el 2020 la empleada llegaba a las nueve de la noche a la casa y estaba con su empleadora hasta las dos o las tres de la tarde del día siguiente, «de lunes a domingo, con la excepción del día que la demandante lleva a la demandada a comer con sus amigas», según el fallo. A finales de septiembre del 2023 la despidió con una indemnización de 267,81 euros, «correspondiente a doce días de salario por año de servicio, así como una indemnización de 135,20 euros, equivalente a 20 días de salario por falta de preaviso». Precisamente estas son las cantidades que la mujer recurre. Los abogados de la trabajadora reclamaban la readmisión o 1.500 euros, pero el TSXG confirma la sentencia del tribunal de Ferrol: declara el despido improcedente y estima la readmisión (con abono de los salarios desde la fecha del despido hasta la sentencia, a razón de 6,67 euros diarios) o una compensación de 953,44 euros.