
Entre 2013 y 2017 se aprobaron doce de las solicitudes que estaban en curso
13 ene 2019 . Actualizado a las 05:00 h.A lo largo de cinco años, en el período comprendido entre el 2013 y el 2017, la Diócesis de Mondoñedo-Ferrol solo recibió, según sus propios datos, trece peticiones de nulidad matrimonial: cuatro en el 2013, una en el 2014, otra en el 2015, cuatro más en el 2016 y tres en el 2017. Y durante el mismo período vio cómo prosperaban doce de las que estaban en trámite, entre las que se encontrarían -señalan fuentes del propio Obispado- algunas de las anteriores, aunque no necesariamente todas. «En cualquier caso -apuntan las mismas fuentes-, las cifras son esas, y no se producen grandes variaciones». A día de hoy, están cerradas ya las trece causas iniciadas entre el 2013 y el 2017. De ellas, prosperaron once. De las dos restantes, una fue desestimada y otra caducó transcurrido el plazo legal sin que se completase la tramitación
El número de matrimonios religiosos ha caído en España constantemente a lo largo de lo que va de siglo. Fuentes eclesiásticas estiman «a grandes rasgos», que si a finales del siglo XX tres cuartas partes de las bodas que se celebraban en España eran bodas religiosas, hoy esa cifra apenas supera el 20 por ciento. Y lo cierto es que, paralelamente a esa caída en el número de matrimonios religiosos, el número de solicitudes de nulidad matrimonial sigue en cifras muy bajas. A pesar de que, por paradójico que parezca, han aumentado.
La reforma del Papa Francisco
De hecho, en algunos tribunales eclesiásticos españoles han llegado a quintuplicarse, incluso. Y hay una razón para ello: la modificación del procedimiento promovido por la Santa Sede, que lo ha cambiado todo. A día de hoy -recuerdan también desde el Obispado-, y tras la reforma promovida por el Papa Francisco, que entró en vigor en verano del 2015, la obtención de la nulidad matrimonial es sustancialmente más sencilla, desde el punto de vista administrativo, de lo que lo había sido durante los últimos siglos. Y eso, porque ahora no es necesario obtener más de una sentencia favorable a la nulidad para que esta se haga efectiva. Mientras que antes se precisaban al menos dos. En cualquier caso, la Iglesia subraya algo fundamental; que la nulidad eclesiástica no es una forma de divorcio -el catolicismo entiende que el vínculo matrimonial es, en esencia, indisoluble-, sino el reconocimiento legal de que el matrimonio, desde el punto de vista canónico, no ha existido.
La inmensa mayoría de las nulidades matrimoniales concedidas obedece a la demostración de que, en realidad, jamás llegó a existir un verdadero «vínculo», en lo que al matrimonio respecta, entre ambos cónyuges.