Un juzgado de Ferrol anula una factura de la luz de 8.000 euros calculada sin datos y con el contador averiado 333 días

FERROL CIUDAD

La magistrada tumba la reclamación de la compañía que impuso unilateralmente la cantidad
02 feb 2024 . Actualizado a las 05:00 h.La magistrada del Juzgado de Instancia 4 de Ferrol, Ana Fernández-Porto, acaba de sentenciar contra las pretensiones de una compañía eléctrica de cobrar una factura a unos clientes sobre un consumo estimado, después de una avería del contador durante 333 días. La empresa inició un proceso para cobrar una supuesta deuda de 8.000 euros que no solo anula esta sala de Ferrol, sino que impone las costas del proceso judicial a la firma. Los clientes son hosteleros y no tenían ningún impago, sino que abonaban los recibos con normalidad y sin extrañarse de los importes, debido a que estaban en plena pandemia y la actividad de la hostelería era muy irregular por las restricciones.
En el 2020 la compañía distribuidora realizó una revisión de su contador y detectó una avería en el mismo. A partir de ahí emitió un informe y la compañía distribuidora facturó unas cantidades adicionales a las ya abonadas, dando por bueno un consumo estimado por la distribuidora.
Los consumidores se negaron a aceptar el pago de más de 8.000 euros que se les reclamaba, porque entendieron, además de parecerles desproporcionado, que no se les acreditaba que ese consumo fuese el verdadero. De hecho, el principal argumento de la sentencia radica en que no hay justificación para establecer esa cantidad y no otra. «Se parte del consumo facturado durante el período de la anomalía en el contador y se multiplica por el coeficiente 1,56 —precisa el fallo—. Pero lo cierto es que ninguna prueba se ha practicado a fin de determinar el exacto perjuicio sufrido por el consumo de electricidad y que no fue facturado por la avería» que durante un año no registró el consumo.
Intentaron llegar a un acuerdo amistoso en vano
El contador de estos hosteleros se averió desde el 12 de diciembre del 2020 hasta el 31 de mayo del 2021 (164 días en total) y también dejó de funcionar correctamente del 1 de junio al 17 de noviembre (169 jornadas más). Las dos partes están conformes con este cómputo, pero no con el hecho de que se cree una factura de forma unilateral. Los clientes llegaron a realizar un pago de 750 euros más a fin de evitar el pleito en las negociaciones amistosas previas. Pero la empresa eléctrica siguió adelante.
Santiago Martínez, abogado del caso: «Hay que pedir que justifiquen las cantidades»
Santiago Martínez lleva un despacho en Ares junto a la letrada Cristina Vázquez. En este caso trabajaron duro para llegar a un acuerdo que evitase un pleito que han ganado.
—¿Son habituales este tipo de situaciones?
—Lo desconozco, pero la postura de las dos eléctricas (distribuidora y comercializadora) fue tan tajante ante los clientes que todo hace suponer que en otros casos debió de funcionarles ¿Cómo pueden protegerse los clientes que sufran una situación similar?
Siempre deben reclamar que las eléctricas les expliquen y justifiquen de donde salen las cantidades facturadas y, sino están de acuerdo, asesorarse tanto técnica como legalmente para exigir el respeto a sus derechos.
—¿Qué supuso a estos clientes?
—Recibieron varias llamadas de los empleados de la comercializadora anunciándoles posibles cortes de suministro que nunca llegaron a producirse, así como la interposición de acciones legales que, en este caso, terminaron llegando. Cuando se vieron ante un pleito y pusieron el asunto en nuestras manos nos dieron total libertad para solucionarlo mediante negociación y, de hecho, propusimos a la eléctrica una solución obtenida a partir de los consumos de los años anteriores que tampoco aceptaron. Intentamos mantenerlos lo más alejados de los detalles del asunto para evitarles más preocupaciones y ellos respetaron nuestro trabajo en todo momento.
—¿Cómo valora la sentencia?
—La sentencia es impecable. Para obtener éxito en una reclamación judicial el primero de los requisitos es acreditar la certeza de los hechos. Aún cuando los clientes nunca negaron que el contador pudiese estar averiado, la compañía comercializadora nunca fue capaz de justificar de donde se obtenían las desorbitadas cifras de consumo que facturó y que pretendía cobrar.
La jueza no pudo dar por buenas unas cantidades obtenidas a partir de unas estimaciones, cuyo método de cálculo no resultó probado, ni siquiera explicado.