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Un abogado de Ferrol paraliza un embargo de 20.000 euros por una deuda y descubre que ya estaba pagada en el 1989

Bea Abelairas
Bea abelairas FERROL / LA VOZ

FERROL CIUDAD

El abogado Javier Ontañón Ortiz
El abogado Javier Ontañón Ortiz JOSE PARDO

Una sentencia anula esta fase de un proceso que estuvo parado 23 años

15 feb 2024 . Actualizado a las 19:50 h.

Un abogado de Ferrol acaba de desenredar con éxito la reclamación de un banco por una supuesta deuda de hace 26 años, que encima ya estaba pagada. El cliente no supo nada de este proceso durante 23 años y a finales del 2022 le llegó un embargo a sus cuentas de más de 5.000 euros por este falso impago, motivo por el que puso el caso en manos de abogados. Concretamente los servicios jurídicos de la entidad bancaria presentaron el 17 de octubre de 2022 una propuesta de liquidación de intereses devengados en el procedimiento que ascendían a 19.648,09 euros.

El cliente se opuso y el banco contraatacó con una nueva propuesta: esta vez por importe de 17.037,23 euros, tomando como inicio del cómputo del plazo el 28 de enero de 1989, y como fin, el 27 de junio de 2022. Ese mes de junio el cliente ya sufrió un embargo en su cuenta de 5.008,42 euros, en el que se le indicaba que 2.754,63 euros correspondían al principal de la deuda y 2.276,59 euros a los intereses y costas de la ejecución. Lo curioso del caso radica en que preparando la defensa de este cliente, el letrado ferrolano Javier Ontañón, descubrió que la deuda ya estaba abonada desde hacía casi tres décadas. En consecuencia, un juzgado de Vigo le acaba de reconocer que su cliente no tenía que afrontar ningún pago y que el embargo estaba completamente errado.

Retraso desleal de 23 años

El fallo menciona, en principio, que existe un «retraso desleal, ya que el procedimiento estuvo sin actividad desde 1992, hasta 2015, un total de 23 años, durante el que la ejecutante no instó actuación alguna».

Asimismo, el juzgado aclara que «no son de aplicación los intereses calculados, impugnándolos en su totalidad, y subsidiariamente, que la cantidad adeudada por este concepto sería de 338,99 euros». Además, los abogados del cliente lograron probar que la deuda ya se había liquidado el 16 de mayo de 1989 en la suma de 443.693 pesetas (2.666,65 euros), cantidad que es la que corresponde a los intereses estipulados para este procedimiento. El tribunal impone las costas del proceso judicial a la entidad bancaria.

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Javier Ontañón, abogado: «Si no nos llegamos a oponer, embargarían sin más»

Javier Ontañón Ortiz es el abogado que ha llevado el caso. Forma parte del despacho Aneiros & Ontañón, con sede en Esteiro, y tiene experiencia en muchas batallas de pequeños consumidores contra las exigencias de grandes corporaciones, como sucede en este caso.

«Realmente es preocupante el comportamiento de algunas entidades bancarias que como apisonadoras reclaman de manera abusiva a los particulares», explica sobre un proceso de un cliente vinculado a Ferrol, pero que tuvo que iniciar ante el juzgado de Primera Instancia de Vigo. Ontañón recuerda la importancia de no amilanarse ante las reclamaciones de entidades que en algunos casos actúan imponiendo condiciones de forma unilateral. «Si no nos llegamos a oponer a esta reclamación, a mi cliente le embargarían sin más —detalla—. Parece la escena de David contra Goliat: los particulares deben saber que no hay que dejarse vencer sin plantar cara, viendo previamente si compensa iniciar el proceso judicial, naturalmente».