¿Sabes, por ejemplo, qué dice la Constitución Española de 1978 en su artículo 20 sobre el derecho del ciudadano a la información?
- «A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción».
- «A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión».
- «La Ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades».
- «El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa».
- «Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las Leyes que lo desarrollan y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia».
- «Solo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial».
Actividad
Quizá sea útil, antes del debate, leer entero el artículo 20 de la Constitución de 1978 y, al menos, enterarnos bien de qué significan los términos señalados. Después, discutid y poned ejemplos de este derecho y sus límites.