La Justicia respalda a los afectados por un seguro

Luis Carlos Llera Llorente
Luis Carlos Llera VIGO / LA VOZ

FIRMAS

La Audiencia considera que llamar «timadora» en un blog a la compañía de decesos no constituye ninguna calumnia

20 ago 2012 . Actualizado a las 07:00 h.

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha respaldado al presidente de la Asociación de Afectados de Alianza Española (Afeale), el vigués Jesús Domínguez, por las manifestaciones vertidas en un blog. La aseguradora pidió a los jueces que secuestrasen la publicación en Internet porque en ella se calificaba a la compañía con distintos adjetivos que, a juicio de la empresa, resultaban muy peyorativos.

La Audiencia considera que emplear los términos «estafadora y timadora» referidos a la aseguradora no constituyen un delito de calumnia «en el contexto y circunstancias en que se produce». El tribunal subraya que tampoco hubo animus injurandi «habida cuenta de las circunstancias en que se producen los hechos y el retraso y divergencias existentes en cuanto al pago de los servicios funerarios.

La existencia de un blog crítico dedicado a una compañía de decesos no sorprende si se tiene en cuenta que en el año pasado hubo 6.377 quejas ante la Dirección General de Seguros por presuntos incumplimientos de las compañías aseguradoras.

En su día la Dirección General de Seguros del Ministerio de Economía abrió un expediente a Alianza Española por incumplimiento de contrato con la familia de Jesús Domínguez. La asegurada, Avelina Justo Formoso, falleció el 2 de julio del año 2009 a los 79 años de edad. Los afectados estuvieron pagando la cuota del seguro de defunción y, cuando falleció la persona asegurada, la empresa no abonó en ese momento el funeral. Un mes más tarde ingresó en las funeraria Emorvisa lo gastado en el entierro de Avelina Justo, la abuela de Jesús Manuel Domínguez Fernández, nieto de la difunta.

El Servicio de Reclamaciones del Ministerio de Economía consideró que «hubo un incumplimiento de contrato de seguro de decesos por parte de la compañía aseguradora ya que no cumplió con la obligación de gestionar y tramitar la prestación del servicio funerario, con independencia de que un mes después del fallecimiento de la asegurada abonara en el tanatorio un importe equivalente a la suma asegurada en el contrato».

Cunadoocurrió el óbito, los familiares confiaban en que la aseguradora asumiese inmediatamente los gastos de las exequias y se los abonase al tanatorio Emorvisa. Pero como el tanatorio reclamaba el pago y Alianza Española no lo había satisfecho, la familia de la difunta tuvo que pagar el servicio funerario el 16 de julio pidiendo un crédito porque, según Jesús Domínguez la empresa Alianza Española no se había hecho cargo de la factura «y mis padres no tenían en ese momento dinero para abonarla». El Ministerio de Economía señaló en su día que «incomprensiblemente la entidad no prestó el servicio cuando estaba obligada a ello».

Hubo 6.377 quejas contra las aseguradoras ante la Dirección General en el 2011