Leche Celta dice que solo es ilegal una planta de cogeneración sin uso

Bea Abelairas
Bea Abelairas FERROL / LA VOZ

FIRMAS

ANGEL MANSO

Dice que «promovió la legalización» y responsabiliza al Concello del caso

09 nov 2012 . Actualizado a las 07:00 h.

La dirección de la planta eumesa de Leche Celta explicó ayer que la sentencia emitida en el año 2006 por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia solo anula la licencia de la planta de cogeneración y no la totalidad de las instalaciones que la láctea tiene el parroquia de San Martiño de Andrade de Pontedeume.

«Afecta única y exclusivamente a una instalación auxiliar», detallan los responsables de una firma que, sin embargo, reconocen que «Leche Celta, e igualmente el Concello de Pontedeume, promovió la legalización definitiva de la situación, ya que a las instalaciones de Leche Celta les resulta de aplicación la disposición 13 de la Ley 2/2010 de Ordenación Urbanística y Protección del Medio Rural de Galicia que permite su completa legalización, porque en nada contraviene la legislación vigente». Con esta aclaración los responsables de la planta se refieren al plan de sectorización que están tramitando y que abarca al conjunto de sus instalaciones de Pontedeume (de 103.116 metros cuadrados), según se recoge en el informe que la Consellería de Medio Ambiente elaboró en la fase que evalúa medioambientalmente el proyecto.

Otra de las vías que tendría la factoría para regular su situación sería mediante el plan general que el Concello de Pontedeume está tramitando y que se encuentra en una fase bastante avanzada, pero que podría retrasar una solución más allá del próximo mes de abril, fecha en la que termina el plazo que la legislación vigente marca para legalizar este tipo de casos.

La dirección de Leche Celta puntualiza, además, la «instalación auxiliar» a la que afecta el fallo es una «planta de cogeneración eléctrica, que a fecha de 28 de noviembre de 2011 dejó de tener actividad».

Mala tramitación del Concello

La firma también culpa de la sentencia a una mala tramitación de la licencia dada por el Concello en el año 1999: «La única razón en la que se fundamenta la sentencia del TSXG para anular la licencia es la ausencia, en el procedimiento administrativo, de una autorización autonómica que debió recabar el Concello en su día», según señalan en un comunicado remitido a La Voz ayer.