El Tribunal Superior anula otra sentencia de jurado porque el juez no la razonó de forma suficiente
GALICIA
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha vuelto a anular otra sentencia de un jurado popular y, en esta ocasión, otra vez por culpa del magistrado que presidió el tribunal y no por la actuación de los nueve miembros del jurado, ciudadanos todos ellos legos en la materia. El juicio se había celebrado en la Audiencia Provincial de Ourense y en el banquillo se sentó Domingo Rivero Fernández, un septuegenario vecino de Cualedro, acusado de matar a su esposa, así como de maltratarla durante toda su vida. Veredicto válido Aunque la defensa del procesado impugnó el veredicto de culpabilidad emitido por el jurado popular, el Tribunal Superior considera que de ningún modo adolece de alguna circunstancia que pudiera invalidarlo. El alto tribunal gallego admite en su integridad el veredicto de culpabilidad porque no existe duda alguna de cuáles han sido los elementos de convicción que tuvo en cuenta el jurado para llegar a su veredicto. Los miembros del jurado popular dieron respuesta, dice la sentencia, «sucinta», pero suficiente, lógica y coherente a su cometido. El Tribunal Superior llega a afirmar que la motivación ha de ser considerada incluso más que suficiente, desde la perspectiva de lo que es exigible a los jueces legos. Falta de motivación Sin embargo, el Tribunal Superior analiza la sentencia dictada por el magistrado-presidente del jurado y considera que le falta la motivación requerida a efectos legales. Según el tribunal, el magistrado se limita a reproducir lo expresado por los jurados y, sin otro razonamiento, incardinar los hechos en el Código Penal, con la sola referencia a que el acusado es responsable de los delitos de homicidio y malos tratos. Para el tribunal, tales fundamentos no colman los requisitos mínimos exigidos. La anulación no implica la celebración de un nuevo juicio, ya que no afecta al veredicto del jurado, adecuadamente motivado. Sólo habrá que hacer una nueva sentencia. Rivero fue condenado a 16 años de prisión y a pagar una indemnización a su hijo de 108.000 euros.