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Los árboles fuera del monte deberán estar separados 7 metros

GALICIA

08 ago 2007 . Actualizado a las 02:00 h.

A CORUÑA | Galicia ha endurecido las normas que gestionan la disposición de los árboles y de la vegetación baja en todo su territorio con el objetivo de prevenir olas de incendios como las que el año pasado asolaron 93.887,57 hectáreas de masa forestal en la comunidad. Junto a la prohibición de levantar viviendas a menos de 50 metros del bosque, ya recogida en la Lei de Prevención de Incendios de Galicia aprobada en abril, ahora hay que dejar una franja de otros 400 en la que los árboles plantados han de mantener una distancia entre sí de siete metros.

En ese nuevo perímetro secundario no podrá repoblarse con una única especie o, en todo caso, los árboles deberán ser frondosas caducifolias como el carballo, el haya, el roble albar, el roble americano o el rebollo.

Eso es lo que establece una orden publicada ayer por la Consellería do Medio Rural, en la que se desarrolla la ley anterior y se establecen los criterios para la gestión de la biomasa vegetal. Los terrenos a los que afecta esta norma son las áreas contiguas a los núcleos de población, a instalaciones industriales, de recreo, cámpings, depósitos de basura, parques e infraestructuras de transporte y distribución de energía eléctrica.

La norma también establece cómo han de realizarse las podas de los árboles plantados dentro de los límites fijados. En este sentido, fija que «a poda debe ser do 35% da altura da árbore ata que ésta atinxa os 11,4 metros, altura a partir da cal esta pode chegar ao mínimo de catro metros por riba do solo». Esto implica que el recorte de ramas debe afectar a un tercio del árbol.

Matorral

Pero la regulación también toca a los arbustos y especies herbáceas. Dentro de ese perímetro de seguridad secundario, la densidad de estas especies no puede superar los 2.000 metros cúbicos por hectárea. Al mismo tiempo, tiene que estar garantizada la existencia de franjas libres de biomasa, que ejercerán una función de cortafuegos en caso de incendio.

La orden publicada ayer unifica además la altura máxima que puede alcanzar la vegetación baja. En este sentido, establece unos baremos que varían en función de la superficie de terreno arbóreo que cubran.

En el caso de que éste sea inferior al 20%, los matorrales pueden llegar de media hasta un metro. Cuando su presencia se detecte en un área comprendida entre el 20 y el 50% del suelo ocupado por los árboles, sólo podrán llegar a los cuarenta centímetros de alto. Pero en el caso de cubrir más de la mitad del terreno, sólo podrán levantar veinte centímetros del suelo. El objetivo es frenar una continuidad vertical entre especies para evitar la propagación del fuego hacia arriba.

Al mismo tiempo, la nueva norma fija una serie de actuaciones que deben aplicarse en el primer perímetro de seguridad de los núcleos de población, el que prohíbe construir a menos de cincuenta metros de un bosque. Para esa zona, indica que las copas de los árboles y de los arbustos deberán estar distanciadas un mínimo de diez metros de las edificaciones y «nunca se poderán proxectar sobre o seu tellado». Y es que en esa primera área de seguridad pueden plantarse frutales u otras especies, con la única salvedad de que éstas estén espaciadas y no formen una masa forestal. La única prohibición es la de tener especies de alta combustión como eucaliptos, pinos o mimosas. Esta última especie es especialmente peligrosa ya que, según explicaron fuentes de Medio Rural, éstas pueden arder hasta durante una semana, ya que se apagan y vuelven a prender.

La reducción de la biomasa en las parcelas que se encuentren dentro de ese primer perímetro, responsabilidad de los propietarios, es una de las labores que actualmente se están llevando a cabo en distintos puntos de Galicia.

Previamente, Medio Rural firmó un convenio con 220 concellos para que estos realizaran labores de desbroce, pero la respuesta fue desigual.