Condenados a 38 años de prisión por dejar morir de hambre a su hijo

Nino Soto

GALICIA

La Audiencia de Pontevedra concluye que los padres dejaron de alimentar al niño y a su hermana durante meses

02 jul 2008 . Actualizado a las 02:00 h.

Los padres de Aarón, el niño de dos años de Ponteareas muerto por inanición, fueron condenados ayer a 38 años de prisión por el fallecimiento del pequeño y por el estado de desnutrición que presentaba su hermana, de 3 años de edad.

El tribunal de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra no dudó en culpar a los padres del óbito de Aarón, que en los últimos dos o tres meses de su vida solo tomó agua. «Al menos desde los dos o tres meses anteriores al 24 de septiembre del 2006 -fecha en la que murió-, ambos procesados dejaron de proporcionar alimentos a sus hijos y no solicitaron ningún tipo de ayuda para tal fin, conscientes, por el deterioro físico que presentaban, del grave peligro que entrañaba para la vida de los menores y consintiendo que se iniciase un progresivo y evidente estado de desnutrición, pese al cual no fueron trasladados a un centro médico», afirma la sentencia.

José Antonio Cabadas Gonçalves fue condenado a trece años de cárcel como responsable de un delito de homicidio y a ocho años por un delito de homicidio en grado de tentativa, mientras que su pareja, Felisa Bienzobas Bonilla, recibió un castigo de once años de prisión por homicidio y otro de seis por homicidio en grado de tentativa.

A la madre se le aplicó una atenuante a causa de una alteración psíquica que sufre, concretamente un «retraso mental leve», condición, no obstante, que no le impedía conocer la magnitud de los hechos. La Fiscalía de Pontevedra solicitaba una pena de 23 años para cada uno de los progenitores de Aarón. El padre del niño lleva en prisión provisional desde el 26 de septiembre del 2006 y la madre, desde el 25 de octubre del mismo año.

La sentencia destaca que los padres de la víctima contaban con los suficientes recursos económicos para alimentar al pequeño y a su hermana, y que, cuando hablaban con allegados, aseguraban que no necesitaban ningún tipo de ayuda. «Incluso los familiares del procesado acudían al domicilio para interesarse por ellos [los niños] y nunca nadie les abrió la puerta», matiza el escrito del tribunal de la Sección Cuarta de la Audiencia.

Durante el juicio oral, celebrado los días 11 y 13 de junio, tanto la madre como el padre de Aarón sostuvieron que no eran responsables del fallecimiento del pequeño. Lo único que dijo durante la vista judicial José Antonio Cabadas Gonçalves fue: «Soy inocente». Por su parte, Felisa Bienzobas Bonilla, afirmó que no se percató de la situación de su pequeño, puesto que «veía todo distorsionado, y no sabía lo que estaba bien y lo que estaba mal». La procesada trató de justificarse alegando que no solicitó nunca ayuda para sus hijos «por temor» a su pareja. Incluso cuando acudió al Centro de Información de Mulleres del Ayuntamiento de Ponteareas semanas antes de producirse la muerte del bebé no realizó «ninguna manifestación acerca de la situación de sus hijos».

Además de las penas de cárcel, el dictamen del tribunal impone a ambos la prohibición de acercarse o comunicarse con la hermana de Aarón durante un período de diez años, así como la obligación de indemnizarla con 18.000 euros por la muerte de su hermano y 50.000 por los daños que ella misma sufrió.