El TSXG anula un concurso interno de 69 plazas en la Diputación de Ourense por vetar a otros aspirantes

r. n. p. OURENSE / LA VOZ

GALICIA

MIGUEL VILLAR

De los puestos convocados 24 estaban ocupados a través de adscripciones provisionales, interinidades o comisiones de servicio

03 jul 2018 . Actualizado a las 12:42 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) no atiende a las justificaciones realizadas por la Diputación de Ourense para avalar una convocatoria de promoción interna lanzada en el año 2016 y que afectaba a un total de 69 puestos. El TSXG, al igual que falló el contencioso en octubre del 2017, entiende que el proceso avalado por el gobierno provincial que dirige José Manuel Baltar (PP) supuso una vulneración de los preceptos legales al restringir el acceso de aspirantes al proceso de selección.

Desde el alto tribunal gallego se considera que la mejor argumentación para avalar este fallo está en el resultado con que acabó el proceso selectivo. Tal y como recoge la sentencia, de los 69 puestos convocados 24 estaban ocupados a través de adscripciones provisionales, interinidades o comisiones de servicio. De estos 24 procesos, en 11 solo se presentó un aspirante que era la persona que ya ocupaba el puesto provisionalmente. De los 13 restantes, no hubo aspirantes para 10 casos y se mantuvo de forma provisional al empleado que ya ocupaba la plaza y solo 3 fueron cubiertos por personal diferente.

En lo que se refiere a los 45 puestos ofertados y que se encontraban vacantes en el año 2016, tan solo a 13 concurrieron aspirantes -en estos casos concretos no se realizaba la exigencia de categoría específica-, mientras que en los 32 restantes no hubo concurrencia alguna. «Poco más cabe añadir para evidenciar la restricción introducida por la convocatoria», resume la sentencia.

Entiende el tribunal que el proceso de promoción interna de la Diputación de Ourense en el año 2016 no buscaba la cobertura de las plazas ofertadas con los aspirantes que demostrasen mayor mérito y capacidad, sino que lo dificultó al introducir una «desdichada restricción» de estar realizando ya previamente esas funciones concretas. Esto suponía, según la primera sentencia que ahora ratifica el TSXG, crear un «ámbito cerrado» por el cual solo podrían acceder a la convocatoria las personas que ya estaban desempeñando con carácter previo los puestos de trabajo ofertados. La Diputación de Ourense ya ha anunciado que recurrirá la sentencia y que presentará un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

El ente provincial ve «gravemente errónea» la visión del tribunal

A través de un comunicado, la Diputación de Ourense asegura no compartir el criterio del TSXG y califica de «gravemente errónea» la visión judicial. Considera el ente provincial que su interpretación contradice la Lei de Emprego Público de Galicia y cree que de aplicarse esta doctrina llevaría a «resultados absurdos». La CIG, que fue el sindicato que llevó el proceso de promoción interna al juzgado, teme que la Diputación de Ourense opte por el principio de «mantela e non emendala». Reclaman también diálogo.