Condenado un matrimonio pontevedrés cuyo hijo acumuló 320 faltas de asistencia a clase
GALICIA
La sentencia incide en que, tras 160 faltas injustificadas, la pareja fue advertida por la Fiscalía
10 nov 2018 . Actualizado a las 05:00 h.En un mismo curso escolar, el correspondiente al 2015/2016, un niño de 12 años acumuló más de 320 faltas de asistencia a clase injustificadas. Sus padres, un matrimonio pontevedrés, acaban de ser condenados, como autores de una delito de abandono de familia, a pagar cada uno de ellos una multa de 540 euros. Eso sí, el juzgado les permite desglosar esta cantidad en plazos de 90 euros.
La sentencia, confirmada en todos sus extremos por la Audiencia de Pontevedra, recoge que el menor estaba matriculado en el CEIP A Xunqueira 2. «Desde o inicio do curso ata o mes de novembro tivo 160 faltas de asistencia inxustificadas, que foron toleradas polos pais», refiere la resolución. Esta conducta determinó que los progenitores fueran citados por la Fiscalía de Menores.
El 14 de enero del 2017 los padres comparecieron en la sede del ministerio público, donde les advirtieron de las consecuencias que podría acarrearles el hecho de que el niño continuara acumulando faltas de asistencia.
Advertencia sin efectos
Lo cierto es que esta advertencia no surtió efecto disuasorio alguno en los pontevedreses, cuyo hijo siguió ausentándose del aula reiteradamente. De hecho, los magistrados acreditan que, de nuevo, «tivo máis de 160 faltas de asistencia ás clases entre xaneiro de 2016 e abril de 2016, sen que os pais fixesen ningún tipo de actuación para evitar a falta de asistencia do seu fillo ás clases».
A la hora de sustentar estos hechos, los tribunales refieren las pruebas documentales de las faltas de asistencia, pero también la declaración de los testimonios de la jefa de estudios y del director del centro pontevedrés donde se encontraba matriculado el menor, los cuales rememoraron que, en su momento, contactaron con los progenitores.
En cuanto a estos, solo el padre compareció en la vista oral y lo hizo para reconocer que se limitaba a llevar a su hijo al autobús escolar. Admitió que este había faltado a clase y que la Fiscalía le advirtió de las consecuencias de esta situación.
La conclusión de la Audiencia es clara. «Consta acreditado que los recurrente han desatendido las obligaciones de escolarización de su hijo», al tiempo que se remarca que «los casos graves de absentismo escolar de menores han de merecer reproche penal».