El fiscal del caso del Chicle: «¿Alguien puede decir que la condena carece de una base razonable?»

José Manuel Pan
José Manuel Pan REDACCIÓN / LA VOZ

GALICIA

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En la vista de apelación en el Tribunal Superior, la defensa de Abuín Gey asegura que el proceso no fue imparcial ni garantista: «No tuvo un juicio limpio»

26 may 2020 . Actualizado a las 23:17 h.

«A José Enrique Abuín Gey se le ha negado la presunción de inocencia. Y se le ha privado de un juicio justo y con todas las garantías. No tuvo un juicio imparcial ni garantista, no tuvo un juicio limpio. Se le ha condenado sin pruebas, en base a suposiciones». Así de duro fue el alegato realizado ayer ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Xustiza por Fernanda Álvarez Pérez, abogada del turno de oficio que defiende al Chicle, condenado por asesinar a Diana Quer, la joven de 18 años que desapareció en A Pobra la madrugada del 22 de agosto del 2016, y cuyo cadáver apareció desnudo un año y medio después en un pozo de una nave de Asados (Rianxo).

En la sala, presidida por el magistrado Pablo Sande, se debatía el recurso de apelación de la defensa contra la sentencia dictada en Santiago el 17 de diciembre del 2019, que condenó al Chicle a prisión permanente revisable y a cuatro años más de cárcel por detención ilegal y agresión sexual. La abogada defensora insistió en que el juicio tuvo «el prejuicio de culpabilidad» por la contaminación mediática y la presión social. Y acusó al tribunal, a los forenses y la Guardia Civil de no haber sido imparciales.

Rechazo de la Fiscalía

El fiscal superior de Galicia, Fernando Suanzes, que representó al ministerio público en este caso, rechazó los argumentos de la defensa y pidió que la condena se mantenga en todos sus términos, «en especial en la prisión permanente». Recordó que la sentencia dejó probado que el Chicle asesinó a Diana Quer en la nave con una brida con la que la estranguló, sin que ella pudiese defenderse, y luego arrojó su cuerpo desnudo a un pozo. Recordó que el propio acusado reconoció ser el autor de la muerte.

Dicho esto, el fiscal hizo algunas puntualizaciones a la defensora del Chicle: «¿Alguien puede decir que esta condena carece de toda base razonable?», se preguntó antes de decirle que estaban «fuera de lugar y discusión» diversos argumentos. Le dijo que el de la contaminación del jurado y de la presión social se puede plantear «de todos los juicios con jurado, de todos». Añadió que hay que precisar más, «si esa presión mediática ha perturbado a los jurados, o si hay algún indicio de que hayan visto limitada su capacidad de decisión». El fiscal es claro: «A nuestro juicio, no».

«Desacreditando a los peritos»

En su enfrentamiento verbal, el fiscal superior le dijo a la letrada que había efectuado una valoración de la prueba «desacreditando a los peritos y a la Policía Judicial. Y no es ese el camino. Dígaselo a los jurados, no a los magistrados del recurso de apelación. Eso es valoración de la prueba, es otro número diferente», le replicó Suanzes, que rechazó también las dudas sobre el veredicto: «Decir que la motivación del veredicto es defectuosa está totalmente alejado de la realidad».

La primera prueba de cargo: la confesión

El abogado de los Quer, Ricardo Pérez Lama, coincidió con las tesis del fiscal. «En síntesis, la defensa dice que no existen pruebas de cargo y que ninguno de los delitos se sostiene, porque todo se basa en suposiciones». Pero hay pruebas de cargo, dijo: «La primera, la confesión del acusado, pero además existen pluralidad de indicios que reúnen los requisitos exigidos por la jurisprudencia». El abogado rebatió uno a uno los planteamientos de la defensa y explicó que los hechos contemplados en los indicios probatorios son lógicos y que en su recurso la defensa está intentando imponer su versión como única desacreditando a todos los peritos y testigos que participaron en el juicio oral y olvidando que el acusado es el autor confeso de la muerte de Diana Quer.

El Chicle la desnudó

Pérez Lama recordó que el hecho de que el acusado abordó a Diana está demostrado técnicamente por los especialistas de la Guardia Civil. Y que fue estrangulada con una brida lo demuestran los peritos forenses, que añaden un dato objetivo, que había pelos en el cierre de la brida, lo que, a su juicio, desvirtúa que el Chicle matase a Diana en A Pobra. Señaló como otra evidencia que el acusado desnudó totalmente a Diana, como consta en el vídeo del levantamiento del cadáver, lo que se vincula con una agresión sexual. Insistió el abogado en que Diana Quer «estaba sola, sin móvil, y sometida a la superioridad del acusado». Y añadió una conclusión que consideró lógica: «El acusado la escondió para ocultar el delito de agresión sexual».

El letrado de los padres de Diana Quer sostuvo que el jurado motivó perfectamente el veredicto y recordó que lo hizo por unanimidad. Respecto al reproche de la contaminación mediática del caso que expuso la defensa, Pérez Lama cree que no puede prosperar. Y tampoco el de la imparcialidad del jurado, y explicó que ni sus miembros ni el magistrado fueron recusados. Recordó que incluso se suspendió el primer señalamiento del juicio porque no hubo un mínimo legal de candidatos porque la defensa los fue recusando.

La falta de imparcialidad debe ser probada

El abogado de la acusación particular incidió, como lo hizo antes el fiscal, en que en el juicio ninguno de los jurados se quejó de ver perjudicada su independencia. En este punto, Pérez Lama le recordó a la letrada del Chicle que, como ya se explicó en el caso Asunta, «la falta de imparcialidad de un jurado tiene que ser probada».

Un estrangulamiento homicida

Defendió Pérez Lama la actuación de los peritos forenses, de los que dijo que son funcionarios públicos sin ningún interés en la causa, y recordó, además, que esos técnicos no fueron recusados en el juicio. Explicó también que se hicieron hasta cuatro informes forenses sobre la muerte de la joven madrileña, y que todos contradicen las versiones de la defensa del Chicle. Recordó un informe del Instituto Médico Legal de Galicia (Imelga), que sostiene que hubo «un estrangulamiento homicida».