La tercera condena contra Sito Miñanco deja a su familia sin 10 millones en patrimonio inmobiliario

GALICIA

Miñanco, en el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Pontevedra, en el 2018, que implicó la pena de 4 años y el embargo de la inmobiliaria familiar.
Miñanco, en el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Pontevedra, en el 2018, que implicó la pena de 4 años y el embargo de la inmobiliaria familiar. OSCAR VíFER

Tres años y nueve meses de prisión y una multa de cinco millones de euros para el primer gran narco de Galicia; el Tribunal Supremo confirma también las penas para su exmujer, hija y un empresario constructor que fue vicepresidente del Club Juventud Cambados en el año del ascenso a Segunda B

18 nov 2022 . Actualizado a las 18:59 h.

El preso José Ramón Prado Bugallo conoció ayer, en el penal de Estremera, su tercera sentencia condenatoria. Todas compartidas con su alter ego, Sito Miñanco. Empezó en 1994 y repitió en el 2004, ambas en la Audiencia Nacional y ambas por cocaína. El Tribunal Supremo oficializa ahora la última, que a su vez implica la primera por blanqueo de capitales. También confirma la tesis policial de Vigilancia Aduanera, la calificación de la Fiscalía de Pontevedra y hace firme el fallo en primera instancia de la Audiencia Provincial de Pontevedra (enero del 2019) tras una década de investigación e instrucción.

Pero la resolución, por encima de todo, supone la constatación de que su familia mutó en clan para blanquear, entre 1988 y 2012, dinero de la coca. La lavadora es la empresa familiar, Inmobiliaria San Saturnino, con sede en la villa natal de los Miñanco, y un patrimonio repartido por O Salnés superior a los 10 millones de euros. Una especie de plan de jubilación que el primer gran narco de Galicia alimentó a modo de hucha familiar. De ahí que se imponga a Prado Bugallo tres años y nueve meses de prisión, tras apreciar dilaciones sobre la pena inicial de cuatro años, y cinco millones de euros de multa.

A su exmujer, Rosa Pouso, tres años y seis meses y cinco millones, y a su hija mayor, Rosa Prado, tres años y tres meses y cuatro millones. El cuarto condenado, el empresario José Alberto Aguín —vicepresidente de Miñanco en el Club Juventud Cambados que ascendió a Segunda B— cumplirá tres años y seis meses y abonará cinco millones. La única condenada en Pontevedra, y absuelta por el Supremo, es la excuñada de Miñanco y hermana de Rosa Pouso. Se interpreta que las pruebas no son concluyentes y suscitan una duda razonable que obliga a la absolución  por el principio de presunción de inocencia.

Hechos probados

El tribunal sí considera acreditado que los condenados formaron una estructura organizada marcada por los intensos vínculos personales de sus integrantes. También que blanquearon dinero mediante sociedades instrumentales «constituidas para la ocultación y retorno de las ganancias obtenidas o vinculadas con las actividades de una enorme magnitud cuantitativa y cualitativa de narcotráfico» en las que participó el cabeza de familia. La sentencia, a mayores, valida la clausura definitiva de la Inmobiliaria San Saturnino y el comiso de la totalidad de bienes reflejados en los hechos probados.

El embargo definitivo de la empresa supone igualmente perder el mascarón de proa del patrimonio de Miñanco desde 1988. Ya no solo por los bajos comerciales, pisos, terrenos o plazas de garaje que posee y gestiona, también por incluir otros símbolos de su capital. Pretéritos y recientes. El principal es Astilleros Facho, vinculado desde su apertura al otrora capo. Un espacio donde él mismo dio rienda suelta a su talento para moldear y crear planeadoras cada vez más veloces, grandes y con mayor capacidad de carga.

La segunda referencia se ubica a pocos metros de la playa de Montalvo, Sanxenxo. Una moderna, amplia y equipada vivienda de piedra que Miñanco utilizaba, durante los permisos carcelarios, para uso personal y profesional hasta la última detención (2018, operación Mito). De salir culpable serían otras dos décadas que afrontar, a sus 66 años, en una celda. El Tribunal Supremo deja constancia también de la complejidad de hilar pruebas acumuladas desde 1988. Añade que en supuestos prolongados en el tiempo, «la acción de blanqueo produce resultados blanqueadores que generan, a su vez, nuevos blanqueos». También que la cadena de transformaciones, muchas veces bajo la apariencia de negocios lícitos, dificulta observar con la claridad deseable el origen delictivo primario y la propia finalidad de retorno que la mueve. 

Blanqueado y blanco

El tribunal incluso admite que existe «dificultad» probatoria, pero añade que «pese al tiempo transcurrido un bien blanqueado no es un bien jurídicamente blanco. Que es un bien que sigue contaminado por su origen y contaminando, por ello, a todos los que, directa o indirectamente, procedan de él». Otro argumento de peso, para desmontar la tesis de las defensas, «no es solo el origen delictivo de los bienes con los que arranca el proceso de transformación, sino, además, que no se ha producido ninguna ruptura significativa ni temporal ni causal de dicho proceso. De tal modo que pueda identificarse la trazabilidad entre las diferentes operaciones de retorno. Un hecho que conlleva una relación de imputación entre la cadena de actos de transformación en el sentido que el último bien blanqueado traiga, de algún modo, directo o indirecto, causa del anterior».

Miñanco, tras cuatro sentencias y con previsión de ser juzgado por la operación Mito en el 2022, sigue afirmando que jamás ha vendido un gramo de coca. Su última intervención en público dejó en evidencia parte de su argumentario exculpatorio desde los ochenta. Al fin y al cabo, nadie mejor que José Ramón Prado Bugallo para retratar a Sito Miñanco. Ocurrió el 29 de octubre del 2018, en la primera vista del juicio resuelto ahora por el Alto Tribunal. El primer gran narco de Galicia miró a los magistrados y espetó: «Es muy duro exponer la vida de una familia aquí con tantos periodistas que luego van a escribir cada uno lo que quiera».