La Xunta diseña un plan que evite atar a usuarios de residencias y psiquiátricos
GALICIA
La Fiscalía del Estado insta a que estas prácticas sean excepcionales
28 feb 2022 . Actualizado a las 05:00 h.La Fiscalía General del Estado ordenó el pasado mes de enero a sus fiscales el control del uso de sujeciones físicas o farmacológicas en unidades psiquiátricas o centros residenciales. En todos estos casos las contenciones, sean mecánicas o con fármacos, deben ser excepcionales, proporcionales, provisionales y siempre con una prescripción facultativa previa. Además, debe existir un consentimiento previo del usuario o de su familiar, en caso de no tener capacidad el residente.
La Consellería de Política Social ya asumió esta filosofía hace tiempo, pero el nuevo modelo de residencias surgido tras la pandemia incorporará varias novedades respecto a este tema. Todos los centros tendrán un programa de reducción de sujeciones con medidas concretas y evaluables, «o obxectivo é limitar ao mínimo imprescindible este procedemento para asegurar o benestar de todas as persoas que viven nestes centros e para que os sintan como os seus fogares», indican desde Política Social.
Para limitar estas contenciones se tomarán tres medidas. Una de ellas consiste en el uso de las nuevas tecnologías para la detección de caídas u otras incidencias que pueda sufrir el mayor. De este modo se reduce el uso de objetos como cinturones abdominales o barandillas. Otra es la mayor formación del personal y finalmente la reforma de los espacios para hacerlos más accesibles. Y es que las medidas de fijación deben ser siempre el último recurso, «usarse de maneira temporal e en todos os casos coa finalidade de evitar un mal maior».
Con consentimiento firmado
El protocolo de inspección de servicios sociales —la Consellería acaba de publicar el plan del 2022— establece ya que las contenciones deben contar con prescripción médica y consentimiento informado, «e sempre que se detecta un incumprimento iníciase unha investigación por parte dos servizos de inspección», insisten desde la Xunta.
Los medios de contención pueden ser mecánicos o farmacológicos. En el primero de los casos se incluyen todos aquellos objetos que limitan la libertad de movimiento de una persona, incluidas las barandillas de las camas. Es decir, incluso el uso de estas barandillas debe contar con prescripción médica y el consentimiento informado. En el caso de los medicamentos, se trata de psicofármacos con capacidad sedativa. Raquel Casal, médica de la Consellería de Política Social, asegura que la política de la Xunta es tender a una contención cero «aunque siempre es necesaria alguna, pero sí reducir su uso».
Las nuevas tecnologías, por ejemplo, «son una alternativa mucho más respetuosa con el usuario para identificar precozmente caídas y el riesgo de una persona». La realidad es que en la práctica no suele haber conflicto en el uso de estas contenciones con los familiares, ya que entienden que es una medida precisa y temporal. No obstante, si ellos no firman el consentimiento informado, no se utilizan estos objetos, «aunque la familia debe evaluar y asumen los riesgos», apunta Casal.
La disminución progresiva de las contenciones no es una realidad nueva. De hecho, desde el 2002 ya se regula su control en la comunidad gallega. En el 2012 se elaboró una guía informativa en la que participó la Fiscalía y que ya recogía la obligación de la prescripción médica, limitando la duración, y estableciendo protocolos que se revisan cada cierto tiempo.
El plan de inspección del 2022 recoge como uno de los ámbitos en los que deben incidir los inspectores en sus visitas «a racionalización do uso de suxeicións físicas e químicas nos centros de servizos sociais, e a súa correcta aplicación e retirada».
También en psiquiátricos
La instrucción de la Fiscalía, remitida a todos los fiscales de las comunidades autónomas, no solo se refiere a los centros sociosanitarios, sino también a los psiquiátricos y a las unidades de salud mental. Quedan al margen los hospitales de agudos, por ejemplo en las unidades de cuidados intensivos, en supuestos de inmovilización por sedación tras una intervención quirúrgica o como tratamiento de un estado confusional agudo.
Precisamente el Defensor del Pueblo realizó hace tan solo unos meses un informe que versaba sobre las condiciones del Psiquiátrico de Conxo, en Santiago, en el que se detectaron irregularidades tales como la ausencia de registros de casos y motivaciones de las contenciones mecánicas realizadas.