La Xunta muestra su «sorpresa» por que el Constitucional mantenga suspendida la Lei do Litoral y pide una sentencia «cuanto antes»
GALICIA
El alto tribunal decidió el jueves mantener la suspensión de la mayor parte de esta norma y también de varios artículos de la ley de acompañamiento de presupuestos que afectaban a la costa
01 mar 2024 . Actualizado a las 17:26 h.«Precipitada» y sorpresiva. Así ha sido para la Xunta la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de mantener suspendida la mayor parte de los preceptos de la Lei do litoral de Galicia que fueron recurridos por el Gobierno central.
La conselleira de Medio Ambiente, Territorio e Vivenda, Ángeles Vázquez, reconoció ante los periodistas congregados en un acto en Vigo que la decisión hecha pública este jueves por el alto tribunal les «cogió por sorpresa». «Es una decisión muy precipitada. No figuraba en el orden del día del pleno del Tribunal Constitucional y, por lo tanto, nos llegó un tanto por sorpresa», indicó la conselleira, que señaló que la Xunta está a la espera de recibir el auto para conocer más detalles.
Vázquez también consideró que el Constitucional debería «repensar un poco y dictar sentencia cuanto antes». En su opinión, la tardanza y la suspensión de preceptos porque, en su opinión, «va en contra de los intereses de Galicia», y de una «ley que protege la costa gallega» que, dijo, «va a sufrir consecuencias de carácter medio ambiental».
Mantenimiento de la suspensión por «interés ecológico y medioambiental»
Moncloa presentó recurso de inconstitucionalidad contra 31 artículos y dos disposiciones generales de la norma, es decir, cerca del 40 % de su articulado, al considerar que invaden competencias del Estado. El Constitucional lo admitió a trámite en noviembre, dejando en suspenso los apartados impugnados.
Este jueves, el pleno del alto tribunal decidió por unanimidad mantener la suspensión de la mayoría de esos preceptos. Solo la ha levantado para los artículos 21.1.e), 29.1, 52 y 53, aclarando que sobre ellos «no se ha solicitado el mantenimiento de la suspensión».
En una nota informativa, el Constitucional explicó que su decisión se sustenta en que «la salvaguarda del interés ecológico y medioambiental merece la condición de interés preferente, dada la fragilidad e irreparabilidad de los perjuicios que se podrían producir en caso de su perturbación».
Indica también que el tribunal ha valorado el «impacto» que la regulación gallega va a suponer sobre el dominio público marítimo terrestre, atendiendo a la «definición y extensión del litoral» que se acuña en la norma, al «contenido de las competencias que se reconocen sobre su gestión» y a los usos que se admiten en él. Y afirma que a la hora de tomar su decisión da «relevancia a la obligación constitucional» de proteger el dominio marítimo-terrestre para asegurar «tanto el mantenimiento de su integridad física y jurídica, como su uso público y sus valores paisajísticos».
Todos esos son argumentos valorados para decidir sobre el mantenimiento o levantamiento de la suspensión de artículos, ya que el Constitucional todavía no se ha pronunciado sobre el fondo de la cuestión. Es decir, está por ver si el TC da la razón al Gobierno central o a la Xunta sobre la legalidad de la norma gallega.
En suspenso también dos puntos de la ley de acompañamientos de los presupuestos gallegos
Este jueves el pleno del Tribunal Constitucional también decidió, por unanimidad, mantener suspendidos varios párrafos de la ley de acompañamiento de los presupuestos gallegos del 2023 que limitaban a 15 años el plazo para actuar contra obras ilegales realizadas en la costa. Moncloa recurrió al entender que marcar ese plazo de quince años supone una «merma de la protección que establece la legislación del Estado», que no fija un período mínimo ni máximo para abrir expediente contra obras que se hayan hecho en el litoral y que no cumplan con la legalidad.
El Constitucional optó por mantener esos párrafos suspendidos para evitar que mientras se dirime la constitucionalidad de esos artículos se consoliden situaciones jurídicas «irreversibles o difícilmente reversibles que causarían perjuicios a los valores naturales y paisajísticos de la costa gallega», entendiendo además que la suspensión no va a causar importantes perjuicios económicos.