La Audiencia Provincial confirma el archivo de la causa contra el conductor del bus accidentado en la Nochebuena del 2022

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Técnicos trabajando en el autobús caído al río Lérez
Técnicos trabajando en el autobús caído al río Lérez Ramón Leiro

Desestima los recursos de las familias y las víctimas del suceso que ocurrió en Cerdedo-Cotobade y dejó siete muertos

26 sep 2024 . Actualizado a las 18:42 h.

La Audiencia Provincial de Pontevedra no reabrirá el caso del autobús accidentado en Cerdedo-Cotobade en la Nochebuena del 2022. La sección segunda de este órgano judicial ha ratificado la decisión del juzgado de instrucción número 1 de Pontevedra de archivar la causa contra el conductor del bus, desestimando los recursos que habían interpuesto las familias y víctimas de aquel siniestro, que dejó siete muertos, al salirse el vehículo de la vía y caer al río Lérez. Solo sobrevivieron el propio conductor y una pasajera.

Según el auto de la Audiencia, no se puede determinar la existencia de indicios de que la conducción del chófer pueda calificarse como imprudencia grave o menos grave. Por tanto, tampoco se puede hablar de homicidios imprudentes.

«La conducción no puede ser calificada de absoluta falta de previsión ni desprecio a la norma», señala el escrito. Matiza que, según los informes, «cualquier velocidad superior a la media» sería considerada una imprudencia grave, pero el tribunal provincial también coincide con el juzgado de instrucción en que no se puede establecer la velocidad a la que circulaba el autocar en el momento exacto en el que tuvo el accidente.

Si bien se conoce que el vehículo circulaba a 90 km/h unos 800 metros antes del siniestro, también se sabe que la velocidad media del mismo desde la última parada fue de 66 km/h, por lo que el conductor varió su velocidad. En ese sentido, apunta que el informe pericial de la Guardia Civil, que atribuía el accidente a un exceso de velocidad, hace una valoración «especulativa» de esa velocidad.

En atención a estas cuestiones, la Audiencia ha resuelto desestimar los seis recursos presentados y confirmar el auto del juzgado de instrucción de Pontevedra, del pasado 10 de junio, que acordó el archivo de las actuaciones. Contra la resolución de la Audiencia no cabe recurso ordinario.