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El TSXG obliga a la Xunta a igualar los requisitos exigidos a los alumnos con necesidades para acceder a las ayudas para libros de texto

La Voz REDACCIÓN

GALICIA

Una librera lucense recoge varios manuales escolares de su almacén, a principios del curso pasado.
Una librera lucense recoge varios manuales escolares de su almacén, a principios del curso pasado. Sandra Alonso

El alto tribunal avala el recurso presentado por Down Galicia, que considera discriminatorios los requisitos exigidos al alumnado con necesidades específicas según el centro donde estudien

25 mar 2025 . Actualizado a las 17:56 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) considera discriminatorias con los alumnos con necesidades específicas los requisitos que la Xunta exige para acceder a las ayudas con las que adquirir material didáctico y libros de texto, según el tipo de centro donde estén matriculados estos estudiantes.

El máximo órgano judicial de la comunidad avala así el recurso contencioso-administrativo presentado, por segundo año consecutivo, por la Federación Síndrome de Down Galicia, contra la orden que regula las ayudas y los requisitos que se exigen a los estudiantes con necesidades específicas. Con esta sentencia, el TSXG insta al Gobierno gallego a corregir lo que, considera, «vulnera o principio de igualdade».

El fondo de la cuestión está en que la normativa autonómica establece criterios diferentes para acceder a las ayudas según el tipo de centro -de educación especial u ordinario- donde esté matriculado el alumnado con necesidades. A estos estudiantes en centros de educación especial no se les exige cumplir los requisitos de renta aplicables al conjunto de escolares. Acceden, independientemente de sus condiciones económicas, a las ayudas máximas (300 euros para manuales y 75 para material escolar). Son las mismas que reciben los estudiantes con una discapacidad superior al 65 % en cualquier centro. 

Pero estas condiciones no se aplican en el caso de los alumnos con necesidades escolarizados en centros ordinarios. Estos estudiantes sí deben atenerse a los umbrales de renta establecidos por la orden autonómica para poder acceder a las ayudas, algo para lo que el TSXG no encuentra justificación. «Non se atopa xustificación razoable para conceder as axudas prioritariamente a quen reciba educación en centros específicos ou en unidades de educación especial en centros ordinarios», reza la sentencia recogida.  

Desde Down Galicia, su presidente, Delmiro Prieto, celebra la sentencia del TSXG y confía en que «a Consellería de Educación adecúe por fin a orde» con el objetivo de que el acceso a estas ayudas «sexa igual» para todos los estudiantes con necesidades específicas.