El Supremo confirma la orden de cierre de una clínica de acupuntura que prestaba servicio en Viveiro
LUGO
?l Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por el propietario de un centro de acupuntura y medicina tradicional oriental de Ferrol que, según informó la Redacción de Viveiro, también prestaba servicio varios días a la semana en Viveiro. La sentencia da la razón a la Xunta, que decidió cerrar las instalaciones. En el fallo de la sala de lo Contencioso-Administrativo se indica que la Administración autonómica actuó conforme a la legalidad al dar la orden de clausura, en abril del 2002, de este local del que es titular José María López-Pérez Cabada. La resolución del Alto Tribunal ratifica una sentencia anterior en la que se ponía de manifiesta «la utilización de historias clínicas generales y específicas para algunas especialidades tales como psiquiatría, neurología y traumatología, derivando pacientes a médicos especialistas con escrito de remisión». Según fuentes de la agencia EFE, en este centro se realizaban prácticas de «acupuntura, naturopatía, homeopatía y osteopatía». El fallo subraya que la decisión de la Xunta, al clausurar la clínica, está fundamentada ya que en el local, situado en la calle Real, funcionaba sin contar «con las necesarias autorizaciones sanitarias». Este osteópata había sido ya procesado por otros hechos. José María López fue condenado por la Audiencia por delitos de intrusismo (no era médico) e imprudencia grave por haber hecho infiltraciones en una rodilla a una mujer lo que le ocasionó una artritis séptica. Pero el caso más conocido fue el de una mallorquina de origen sueco. Marie Cristin Persson lo denunció en 1999 porque le diagnosticó una rara enfermedad y le anunció que le quedaba poco tiempo de vida. Le aseguró a la paciente que consultaría con especialistas de la prestigiosa Clínica Mayo, de EE.?UU. que, añadía, le confirmaron el diagnóstico. A la postre, Persson demostró que era un embuste. El Juzgado de lo Penal de Ferrol le dio la razón a la denunciante y condenó a López a multa de ocho meses (12 euros al día) e indemnización a la víctima.