La situación viene a sumarse a la que afecta al yate Mansoor
14 nov 2015 . Actualizado a las 05:00 h.A la Campeón siguen apareciéndole fallos. Ahora se conoce que una hija de Jorge Dorribo pasó años sin poder disponer de su Mini Cooper porque dentro del procedimiento habían acordado, según ella, prohibir que ese vehículo se le entregase. Sin embargo el juez que se ocupa actualmente de la operación advierte en una providencia que «salvo error, no consta en estas actuaciones medida cautelar alguna sobre el referido vehículo».
Esta situación anómala se une a la del yate Mansoor que fue precintado y dado en custodia a una empresa sin que el juzgado instructor lo hubiese acordado, según comunicó el juez Sergio Orduña a las partes. Esa decisión fue adoptada, según el abogado que defiende los intereses de la propietaria, la esposa de Dorribo, por Vigilancia Aduanera a la que ahora reclaman que pague los gastos de custodia de la embarcación que suman más de 150.000 euros.
A principios del mes pasado, una de las hijas de Dorribo reclamó al juzgado instructor de la Campeón que levantase la medida cautelar de prohibición de disponer que pesa sobre su Mini Cooper, de color rojo. Lo hizo en primer lugar advirtiendo que ella no está inmersa en el procedimiento que afectó a su padre. Ante esta situación, considera que el coche no puede ser objeto de ningún «instrumento de delito y mucho menos que fuese utilizado para el desarrollo de la actividad ilícita».
Quiere venderlo
En el escrito presentado en el juzgado advierte que está acreditado que el coche es de su propiedad y considera que necesita llevar a cabo su venta por diversas cuestiones. Otra opción que baraja es la posibilidad de entregarlo a cambio de otro vehículo que se adecúe a sus necesidades actuales.
Con la contestación que le efectuó el juez podrá tener vía libre para poder disponer del vehículo.
Por otra parte, el Banco de Santander solicitó al juez del caso que libre un mandamiento a la Jefatura Provincial de Tráfico para la cancelación de las correspondientes anotaciones con relación a un todo terreno Ford Flex, un turismo Ford Mustang Shelby GT 500 y un Alfa Romeo GT. Estos vehículos han pasado a ser de plena titularidad del citado banco.
En el concurso de acreedores de Laboratorios Nupel, fueron resueltos los contratos de leasing que la entidad bancaria mantenía con la empresa relacionados con los vehículos ya indicados. En su momento, el Juzgado de lo Mercantil dirigió un mandamiento al Registro de Bienes Inmuebles y a la Jefatura Provincial de Tráfico para que cancelase las anotaciones de contrato de leasing, así como las de embargo y prohibiciones que pudieran gravar los citados vehículos. Pero esa petición solo fue acordada en parte porque el Juzgado de Instrucción 3 mantiene la prohibición de disposición acordada en su momento.
El nuevo juez de la operación acordó dar traslado de la petición del banco al fiscal para que emita un informe.