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El volante y los separadores de ruedas, dos trucos frecuentes

lugo / la voz

LUGO

12 ene 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

Tras la entrada en vigor del real decreto 866/2010 de 2 de julio, se redefine la sustitución del volante de un vehículo, eliminando la necesidad de una diferencia de diámetros entre volantes para que sea considerado reforma. La definición de la nueva reforma 6.3 «sustitución de un volante por otro» hace que el simple hecho de cambiar un volante por otro tenga que estar autorizado mediante la correspondiente anotación en la tarjeta ITV, independientemente de la diferencia de diámetros entre el volante original y el sustituto. No se permite la sustitución de un volante con airbag por otro que no lo tenga, debiendo garantizarse el normal funcionamiento de los sistemas airbag y pretensores del coche después de la transformación o la modificación del mismo.