
Un hallazgo como el de anteayer en una finca de Mondoñedo genera obligaciones y derechos
06 oct 2018 . Actualizado a las 09:32 h.Dos personas trabajan en una finca para delimitar los lindes de una zona en la que se instalará un parque eólico. La que es propietaria encuentra una moneda, cuyo origen romano parece claro, y un clavo; la que está con ella, también dueña de terreno en esa zona, la recoge e intenta contactar con Patrimonio y con el Seprona para informar del hallazgo. Finalmente acuden un técnico del Concello, que recoge la piezas, y una notaria, que levanta acta.
No es una simple hipótesis sino lo que ocurrió anteayer por la mañana en una parcela de la parroquia de Os Remedios (Mondoñedo), a pocos centenares de metros del límite con Abadín, como ya publicó ayer este periódico. ¿Qué pasaría si otras personas, en ese o en otro municipio, se viesen en una situación similar? ¿Actuaron bien esas dos personas? Con ayuda de Eduardo Ramil, director del Museo de Prehistoria e Arqueoloxía de Vilalba (Mupav), en esta página se intentan aclarar esas y otras cuestiones.
¿Actuaron correctamente los que encontraron las piezas y avisaron?
Sí. En esos casos no solo conviene avisar a algún organismo que tenga alguna relación con la conservación del patrimonio, sino que también es interesante hacerlo con rapidez. Así ocurrió en este caso, en el que el hallazgo tuvo lugar alrededor de las once de la mañana y antes de las tres de la tarde ya estaban allí un técnico del Concello mindoniense y la notaria de la ciudad episcopal.
¿Dónde van a parar piezas como las aparecidas en esa finca?
Una administración -en este caso, la Xunta, que tiene las competencias sobre patrimonio- puede decretar que la pieza se envíe a un museo. Hay también un derecho a premio, que puede repartirse entre la persona dueña de la parcela y la que haya realizado el hallazgo. Si quien encuentra una o varias piezas es el propietario, ya no se efectúa reparto alguno.
¿Es fijo que unas piezas halladas acaben yendo a un museo?
No. Si se trata de un hallazgo fortuito y la administración no tiene interés en los objetos, puede llegar a quedárselos el dueño del terreno.
¿Qué pasaría si las piezas sufriesen después algún destrozo?
Hay siempre un deber de protección y de custodia, así como de facilitar investigaciones e indagaciones por parte de la administración. De posibles daños sería responsable el depositario; pero también hay que tener en cuenta el valor, que en el caso de las piezas halladas en Mondoñedo, seguramente, no será muy elevado.
¿Puede llevarse una pieza a un museo aunque la Xunta no lo decida así?
Sí. Pero un organismo de ese tipo solo tiene el deber de aceptarla si lo decide la Xunta, que, por otro lado, solo puede dar esa orden a un museo que forme parte de su red de centros. Un museo que acepte una pieza pasa a ser responsable de su custodia.
¿Es lógico realizar nuevos estudios tras un hallazgo de esas características?
Conviene recordar que la finca donde aparecieron las dos piezas y otras del entorno están afectadas por la próxima construcción de un parque eólico. Un hallazgo como ese puede justificar que se realice un nuevo estudio de impacto ambiental por causas sobrevenidas: por un lado, los técnicos pueden plantear una adenda al documento ya elaborado; por otro, la Xunta puede actuar de oficio. En Marea anunció su intención de trasladar el asunto al Parlamento gallego.
¿Es posible suponer que en esa zona haya un yacimiento?
La aparición de una moneda no puede tomarse como base segura de que lo haya: es un indicio, aunque posteriores estudios podrían aportar luz sobre el asunto. La moneda data previsiblemente del siglo I después de Cristo, en un momento en el que la presencia romana en el noroeste peninsular ya estaba consolidada. Pero tampoco debe descartarse que la moneda haya acabado en la zona donde apareció tiempo después de ser acuñada.
¿Estaría autorizada una venta de la moneda si no acabase en un museo?
Si la Xunta no se interesase en quedársela, sí. Habría que comunicar esa venta a la administración autonómica, que, por otro lado, no tendría derecho de retracto para quedarse con la pieza por el mismo precio en el que se vendiese.