El juzgado avala el corte de agua del Concello de Riotorto a un exconcejal del PSOE por no tener el contador en regla
RIOTORTO
Los hechos se remontan a abril de 2021 y el afectado cuestionó la capacidad del alcalde
23 ene 2024 . Actualizado a las 14:32 h.El Juzgado de lo Contencioso número 1 de Lugo avala la decisión del Concello de Riotorto, que cortó el suministro a una vivienda del municipio propiedad del exconcejal del PSOE José García, por no tener el contador en regla y estar usando agua de la traída municipal. La sentencia, dictada por la magistrada Olalla Díaz, considera probado que ese vecino «incurrió en una situación ilegal, disfrutando de un servicio público sin abonarlo, mediante una instalación irregular»; también destaca que no corrigió ese detalle pese a habérsele pedido que lo subsanase.
Los hechos, por los que el citado exedil presentó un recurso que ahora ha sido rechazado, ocurrieron en abril del 2021. Una comunicación del Concello anunciaba que se visitarían las viviendas «una por una» para saber en qué casas se consumía agua de la traída pública y si los contadores estaban en regla.
Asimismo se informaba de que si se hallaba alguna situación irregular (impago de tasas o presencia de contadores que no indicasen correctamente el consumo), se cursaría el alta en el censo y se instaría al dueño de la vivienda a que corrigiese la situación en el plazo de diez días. Por otro lado, se advertía de que cortaría el suministro en caso de no cumplir esos requerimientos.
En el fallo judicial se explica que se mandaron comunicaciones a cuatro vecinos, de los que uno pidió la baja en el servicio por tener traída particular y tres iniciaron los trámites para legalizar la situación. No ocurrió lo mismo en este otro caso, por lo que el alcalde, Clemente Iglesias (PP), dictó un decreto pidiendo que se corrigiesen las deficiencias y se colocase el contador en un camino municipal para conectarlo con la traída pública, con el aviso de que se cortaría el suministro si esas demandas no eran atendidas.
Esa resolución desembocó en la presentación de un recurso. El vecino exedil cuestionaba la capacidad del alcalde para efectuar ese requerimiento porque «no se regula en la normativa ni existe ordenanza que lo avale» y «no se recoge el lugar de ubicación de los contadores». En el recurso, además, se exponía que no quedaba acreditado que se hubiese realizado la anunciada inspección y que el demandante se había visto en «situación de desamparo y abuso por parte del alcalde de Riotorto», dado que había tenido que cambiar de sitio el contador.
Años sin consumo recogido
Sin embargo, de las pruebas realizadas se da por acreditado que en la citada vivienda sí se disfrutaba de la traída municipal de agua y que el contador, al menos desde el año 2015, arrojaba «un resultado '0'». Igualmente, en la casa se comprobó que la válvula hacia la tubería estaba cerrada, con lo que se había consumido agua de la red pública sin pagar nada por ello. También se considera probado que no hubo respuesta a cuatro requerimientos efectuados para regularizar la situación, «a diferencia del resto de los vecinos».
La sentencia entiende razonable y lógico que el alcalde, en uso de sus competencias, efectuase dichos requerimientos y pusiese el contador en un lugar público para que lo pudiesen leer operarios municipales. Para la magistrada, «no se puede apelar a la igualdad en situaciones de ilegalidad», de modo que si otros vecinos no pagan el consumo de agua de la traída, no cabe entender que ese hecho legitima a alguien para continuar con esa conducta.
La sentencia no es firme, y cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).