La magnitud de los daños causados por la avería y hundimiento, radiados, del buque Prestige; la participación de miles de personas (jóvenes, por lo general, que se convirtieron en iconos de la solidaridad); la actitud pasota e irresponsable de alguna autoridad política que trató de mala gana el problema; y la eterna instrucción de las diligencias judiciales, radicadas en un pequeño juzgado sin medios y dirigidas por casi media docena de jueces, fueron y son componentes más que suficientes para esperar una sentencia «contundente»: un dedo flamígero, lleno de llamas, que pusiera los puntos sobre las íes.
Entiendo la desilusión de algunos, de los que esperaban la caída implacable del brazo de la ley; pero creo que es, sin esos atributos mencionados, una buena sentencia, que ha venido a poner sensatez y sentido común en lo ocurrido.
La sentencia acabada de dictar, desprovista de agresividad y perjuicios, pone sobre la mesa una discusión transparente al alcance de cualquier interesado, sin ocultar el debate interno que le lleva a la absolución en el orden penal. No esconde nada, se trata de un razonamiento abierto y lógico en el que se exponen los pros y los contras.
Habrá personas que de la importancia del hecho enjuiciado lleguen, como decía, a la conclusión de que una sentencia tiene que estar a la altura de la magnitud de lo ocurrido. Pero eso es confundir el terreno de juego. Lo que se encomendó a la Audiencia Provincial de A Coruña era dilucidar si había responsabilidad penal (dolosa, culposa o negligencia grave), nada más. Y así, establece que no se han probado los aspectos objetivos sustanciales necesarios para una condena en el orden penal. Y es más, la propia resolución afirma y llega a la conclusión de que hoy, a la vista de los numerosísimos informes, testigos y documentos que obran en la causa, no sabríamos qué hacer si volviese a producirse un hecho semejante. Nadie puede afirmar, sin fisuras, cuál es la decisión correcta. Volveríamos a discutir sobre si meter el buque en un puerto refugio o enviarlo lo más lejos posible, a Cabo Verde como alguno pretendió.
Un gran desastre como el acaecido no siempre viene acompañado de una responsabilidad penal grave o de cualquier clase, pues no pocas se deben a acontecimientos naturales o de fuerza mayor. Y el confesar que pudiéramos estar en un caso de esos, como de cualquier otro, no debe ser un menoscabo para la decisión judicial.
Por último, en la valoración de la sentencia , es de notar su concisión y claridad. Está redactada y se entiende por un lector lego en lenguaje jurídico, que es bien de agradecer acostumbrados como estamos a lenguajes crípticos
Ahora quedan los recursos, que los habrá. La Audiencia ha cumplido con su cometido.